La protección de las creaciones de la inteligencia

AutorJosé Antonio Vega Vega
CargoCatedrático de Derecho mercantil en la Universidad de Extremadura
Páginas303-344
Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura 37 (2021): 303-344
ISSN: 0213-988X – ISSN-e: 2695-7728
Doi: https://doi.org/10.17398/2695-7728.37.303
LA PROTECCIÓN DE LAS CREACIONES DE LA INTELIGENCIA
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THE PROTECTION OF THE CREATIONS OF INTELLIGENCE
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Universidad de Extremadura
Recibido: 14/09/2021 Aceptado: 18/11/2021
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ESUMEN
En el presente trabajo se aborda la necesidad de proteger las creaciones de la inteli-
gencia, que se manifiesta, de un lado, en la tutela de la propiedad industrial y, de otro, en
la defensa de los derechos de autor. Como cuestión previa a una respuesta rigurosa sobre
los modos de protección, se impone la necesidad de analizar la naturaleza jurídica de
estas dos clases de propiedades especiales. Con la propiedad industrial se trata de prote-
ger las creaciones del intelecto humano encaminadas a fomentar el progreso técnico, que
redundan en el bienestar social de un país. Los derechos de autor tienen por objeto la
protección de las creaciones estéticas, científicas o musicales que sirven para satisfacer
1 Con ligeras modificaciones, el texto del presente artículo se corresponde con la Lección
Inaugural pronunciada por el autor el día 3 de septiembre de 2021 en la Solemne Apertura del Curso
2021/2022 en la Universidad de Extremadura.
2 José Antonio Vega Vega es Catedrático de Derecho mercantil en la Universidad de Extremadura.
Cuenta con cinco sexenios de investigación de la ANECA. Se ha formado, entre otros países, en
Alemania, Francia e Italia, donde ha ejercido también la docencia. Es autor de más de doscientas
publicaciones jurídicas de su especialidad. Ha recibido, entre otros, los siguientes premios: San
Raimundo de Peñafort a la excelencia jurídica, Becario distinguido del MEC, Premio Propiedad
Intelectual 2019, Trayectoria Docente de Excelencia de a UEx 2020.
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necesidades ideales de la humanidad. Se analiza, por último, el plagio como la principal
infracción de los derechos de autor.
Palabras clave: Propiedad Industrial, Patentes, Marcas, Diseños Industriales, Pro-
piedad Intelectual, Autor, Plagio.
A
BSTRACT
This paper addresses the need t o protect the creati ons of intelligence, which mani-
fests itself, on the one hand, in the protection of industrial property and, on the other, in
the defense of copyright. As a question prior to a rigorous response on the modes of pro-
tection, it is necessary to analyze the legal nature of these two classes of special properties.
With industrial property, it is about protecting the creations of the human intellect aimed
at promoting technical progress, which result in the social welfare of a country. Copyright
is intended to protect aesthetic, scientific or musical creations that serve the ideal needs
of humanity. Lastly, plagiarism is analyzed as the main copyright infringement.
Keywords: Industrial Property, Patents, Trademarks, Industrial Designs, Copyright,
Author, Plagiarism.
Sumario: 1. Preliminar. 2. Propiedad industrial versus propiedad intelectual: 2.1.
Cuestiones terminológicas; 2.2. Sus diferentes naturalezas jurídicas; 2.3. La índole de
los derechos protegidos. 3. Evolución de la protección jurídica de las creaciones de la
inteligencia: 3.1. Génesis y desarrollo; 3.2. El reconocimiento de la propiedad intelec-
tual e industrial como auténtico derecho en España. 4. La protección de las creaciones
de la inteligencia como derecho fundamental. 5. La protección del derecho de autor: 5.1.
Premisas; 5.2. Análisis del plagio como una de las formas más graves de ataque a los
derechos de autor; 5.2.1. Planteamiento introductorio. 5.2.2. Aproximación al concepto
de plagio; 5.3. El bien jurídico protegido. 6. Delimitación positiva de las conductas pla-
giarias. 7. Delimitación negativa. Diferencia con otras figuras: 7.1. El llamado
autoplagio; 7.2. La hipótesis del plagio inverso y las cover versions; 7.3. Utilización d e
escritores fantasmas (ghostwriters). 8. Influencia de los límites del derecho de autor en
el plagio. 9. Recapitulación. Referencias bibliográficas.
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1. PRELIMINAR
Las creaciones originales del intelecto humano, referidas tanto al ámbito de
lo literario o artístico como a la innovación tecnológica, se han venido recono-
ciendo desde antiguo como matrices culturales de cada época. Su protección por
el ordenamiento jurídico es más reciente
3
.
La expresión propiedad intelectual es polisémica. Alberga distintos signifi-
cados. En nuestros días s e utiliza con carácter general para identificar el con-
junto de bienes intangibles incluidos en los derechos de autor y en la propiedad
industrial. Y, aunque el proceso histórico-cultural de las instituciones jurídicas
es rico y profuso, en modo alguno podemos asimilarla a una especie de dominio.
No es siquiera un único derecho, sino que se trata de un conjunto de facultades
unidas por ciertos elementos comunes
4
.
Los institutos de la propiedad intelectual e industrial han tenido una evolu-
ción paralela. Sin embargo, si queremos hacer una semblanza histórica, hay que
tomar como referencia la evolución del derecho de autor, que fue la institución
que de forma primigenia dio cobertura jurídica a las obras del ingenio
5
.
La propiedad industrial se ocupa de las innovaciones encaminadas a fo-
mentar el progreso técnico; esto es, las que sirven para satisfacer necesidades
materiales de la humanidad. Las creaciones industriales impulsan el progreso
social y económico dentro de un mercado de libre competencia. Las empresas
deben desenvolverse en ámbitos de producción económica masiva y estandari-
zada que demandan nuevos modelos productivos. En sentido amplio, la propie-
3 Pretender que la tutela de la propiedad intelectual es un hecho remoto constituye un error
cronólogico y contribuye a desconocer el devenir de la historia. Al respecto puede verse Marie-
Claude Dock, "Genesis y evolución de la noción de propiedad literaria". Revue internationale du
droit d'auteur, número especial Histoire internationale du droit d'auteur des origines à nos jours
LXXIX (enero 1974): 126.
4 Antonio Amor Fernández, La propiedad industrial en el Derecho Internacional (Barcelona:
Nauta, 1965), 9 y 10.
5 Puede estudiarse de una forma más detenida la evolución de la protección de las obras del
ingenio en nuestras monografías José-Antonio Vega Vega, El plagio como infracción de los derechos
de autor (Madrid: Reus, 2018), 13-31, y Protección de la propiedad intelectual (Madrid: Reus,
2002), 25-77.

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