SAP Murcia 336/2000, 19 de Octubre de 2000

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2000:2752
Número de Recurso155/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución336/2000
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 336 /2.000

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Dª CRISTINA PLA NAVARRO

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a diecinueve de Octubre de dos mil.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de menor cuantía que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Murcia, con el núm. 185/98 , entre las partes: como actora en instancia y en esta alzada apelante, DIRECCION000 (sito en Murcia), en ambas instancias representada por la Procuradora Dª. Inmaculada Saura Vicente y defendida por el Letrado D. Juan Nicolás Franco; como demandados en instancia y en esta alzada también apelantes D. Antonio y la mercantil CARDONA, MARTÍN, MOLINA Y PLAZA, ARQUITECTOS ASOCIADOS, S.A., en ambas instancias representados por el Procurador D. Francisco Aledo Martínez, y defendidos en instancia por el Letrado D. Francisco Martínez- Escribano Gómez, y en esta alzada, el primero por la misma defensa que en instancia y la mercantil por el Letrado D. Juan Francisco Ros del Baño; como demandado en instancia y en esta alzada apelado, D. Jose Enrique , en ambas instancias representado por el Procurador D. José Augusto Hernández Foulquié y defendido en primera instancia por el Letrado D. José Abellán Tapia y en esta alzada por la Letrada Sra. Marín Ayala; y como demandada en instancia, la mercantil CAMPILLO E HIJOS, S. L., en el Juzgado representada por la Procuradora Dª. Belén Hernández Morales y defendida por el Letrado D. Domingo Alarcón Zamora.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 29 de febrero de 2.000, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Dª. Inmaculada Saura Vicente, en nombre y representación de la DIRECCION000 , contra D. Antonio y la mercantil Cardona, Martín, Molina y Plaza, Arquitectos Asociados, S.A., representados por el Procurador D. Francisco Aledo Martínez, debo condenar y condeno a los demandados a que abonen solidariamente a la actora la suma de cuatro millonescuatrocientas sesenta y nueve mil ciento nueve (4.469.109) pesetas de principal más los intereses legales de la indicada suma incrementados en dos puntos desde la fecha de la presente resolución y desestimando la demanda en cuanto presente resolución y desestimando la demanda en cuanto formulada contra D. Jose Enrique y la mercantil Campillo e Hijos, S.L., representados por el Procurador D. José A. Hernández Foulquié y la Procuradora Dª. Belén Hernández Morales, respectivamente, debo de absolver y absuelvo a los demandados de las peticiones contra ellos formuladas, todo ello con la condena al pago de las costas procesales a los demandados condenados en cuanto a las causadas a las partes actora y con la condena al pago de las costas procesales a la parte actora en cuanto a las causadas a los codemandados absueltos."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpusieron sendos recursos de apelación por la representación procesal de DIRECCION000 ", y por la de D. Antonio y mercantil CARDONA, MARTÍN, MOLINA Y PLAZA, ARQUITECTOS, ASOCIADOS, S.A., siéndoseles admitidos en ambos efectos, y, previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos originales a esta Audiencia donde se formó el oportuno Rollo, compareciendo las partes indicadas en la calidad dicha, y previa instrucción de las mismas se celebró vista el día 19 de octubre de 2.000 a cuyo acto asistieron los Letrados de las partes personadas para solicitar: el Letrado Sr. Martínez-Escribano, la revocación de la sentencia apelada, el Sr. Letrado Sr. Ros del Baño, también la revocación de la sentencia de apelada, el Letrado Sr. Nicolás Franco, solicitó que se incrementase la indemnización y que se condenase a la promotora, y la Letrada Sra. Marín Ayala, la confirmación de la resolución recurrida.

TERCERO

Que en la...

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