SAP Barcelona 368/2005, 30 de Mayo de 2005
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
ECLI | ES:APB:2005:13557 |
Número de Recurso | 436/2004 |
Número de Resolución | 368/2005 |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
MARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSAFRANCISCO HERRANDO MILLANMARIA LUISA GUZMAN ORIOL
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION Undécima
ROLLO Nº 436/2004
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 398/2002
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 VILANOVA I LA GELTRÚ
S E N T E N C I A N ú m. 368
Ilmos. Sres.
Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
-
FRANCISCO HERRANDO MILLÁN
Dª. Mª LUISA GUZMÁN ORIOL
En la ciudad de Barcelona, a treinta de mayo de dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 398/2002 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Vilanova i la Geltrú , a instancia de D. Salvador , contra D. Jesús Ángel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el ACTOR contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de enero de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DECIDO: DESESTIMAR TOTALMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA POR LA PROCURADORA DE LOS TRIBUNALES SRA. CARBONELL EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE DON Salvador CONTRA DON Jesús Ángel , ABSOLVIENDO A ÉSTE DE TODOS LOS PEDIMENTOS DE LA DEMANDA CONTRA EL FORMULADOS, con imposición de las costas procesales a la parte demandante.
Y ESTIMO ÍNTEGRAMENTE LA RECONVENCIÓN INTERPUESTA POR LA PROCURADORA DE LOS TRIBUNALES SRA. CALAF EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE DON Jesús Ángel CONTRA DON Salvador , CONDENÁNDOLE A ESTAR Y PASAR POR LO SIGUIENTE:
-
Le corresponde al Sr. Jesús Ángel seguir ocupando la nave conocida como "B", nave que tiene una superficie construida de 316'22 m2 y un espacio privativo de patio de 246'86 m2. Por ende, se le adjudica la misma.
-
Por ello, al Sr. Jesús Ángel le corresponde percibir una compensación económica que asciende a 9.150'41 euros.
-
El Sr. Salvador debe abonar al Sr. Jesús Ángel la suma de 6.439'54 euros en concepto de la mitad de los gastos adeudados por éste último en beneficio de la propiedad común.
-
Se procederá a la división de la cuenta común mancomunada abierta en La Caixa nº NUM000 , y se repartirá su saldo entre ambas partes implicadas, cancelando la misma posteriormente.
-
El Sr. Salvador debe pagar las costas procesales correspondientes a la estimación total de la reconvención.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 10 de marzo de 2005.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.
Promovió la parte actora las presentes actuaciones solicitando la división de la finca en copropiedad con el demandado e indemnización de daños y perjuicios, división a practicar según informe pericial aportado. Se opuso el demandado a la división de la finca en la forma propuesta por el actor, formulando reconvención en la que solicitaba la división de la nave construida y manteniendo la copropiedad sobre el resto de la finca-, solicitando entre otros extremos, la adjudicación del lote donde tiene instalada su industria a favor del reconviniente, con una compensación económica al tener menor cabida; condenando al actor a que le pague diversas cantidades por gastos comunes. Tras los trámites procesales oportunos recayó sentencia desestimando la demanda y estimando la reconvención. Contra la sentencia se alzó la parte actora principal.
Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida, en cuanto no colisionen con los de la presente resolución.
La sentencia de instancia, en lo esencial, acordó la división de la finca en común, mediante la formación de dos lotes que no se correspondían, en cuanto a superficie, con la propuesta del actor, y si con la división propuesta por el reconviniente. El actor apelante solicita, en vía de recurso, la venta del bien en pública subasta. La finca si es divisible lo es tanto se practique la división según propuesta de la actora-apelante, como en la forma...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Vizcaya 194/2018, 4 de Mayo de 2018
...en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, sec. 11ª, S 30-5-2005, nº 368/2005, rec. 436/2004 ; ROJ: SAP B 13557:2005, ECLI: ES:APB:2005:13557; Pte: Herrando Millán, Por todo ello en cuanto a la cuestión de fondo se desestima el recurso. CUARTO En orden a la imposición de costa......