SAP Córdoba 208/2007, 15 de Mayo de 2007

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
ECLIES:APCO:2007:809
Número de Recurso150/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución208/2007
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 208/07

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don Eduardo Baena Ruiz.

Magistrados:

D. Antonio Fernández Carrión

D. Pedro Roque Villamor Montoro

APELACIÓN CIVIL

Autos de Juicio ordinario

número

65/06

Juzgado de Primera Instancia de Priego (Córdoba).

Rollo: 150/07

En la ciudad de Córdoba a quince de mayo de dos mil siete.

Visto por la Sección Pri- mera de esta Audiencia Provin- cial, el recurso de apelación in- terpuesto contra autos de Juicio ordinario número 65/06, se- guidos en el Juzgado de 1ª. Ins- tancia de Priego (Córdoba), entre la entidad JOSÉ LUIS MIRANDA S.L., representada por la Procuradora Sra. Cabezas Medina y asistida por el letrado Sr. Román Hernandez, contra la COMUNIDAD DE PROPIETA-

RIOS DE DIRECCION000 Nº NUM000 DE PRIEGO, y contra DÑA. María Milagros, DÑA. Alejandra, DÑA. Carmela, DÑA. Esperanza Y DÑA. Laura, representados por el Procurador Sr. Serrano Carrillo y asistidos por el letrado Sr. Siles Arjona, pendientes en esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante, contra la sentencia recaída en los autos, siendo Ponente del recurso el Presidente de la Audiencia Iltmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites, se dictó sentencia con fecha 21 de diciembre de 2.006, por el Sr. Juez de 1ª Instancia de Priego (Córdoba), cuya parte dispositiva dice así: "DESESTIMANDO la demanda deducida pro la Procuradora Sra. Cabezas Medina en nombre y representación de Jose Luis Miranda SL sobre acciones de impugnación de acuerdos comunitarios y reclamación de cantidad por lo que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los demandados de las pretensiones formuladas de contrario.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia y por la representación de la parte demandante, se interesó la preparación del recurso de apelación en escrito de fecha 15 de enero de 2.007, que se tuvo por preparado por resolución del día 24 del mismo mes y año, emplazándose a ésta para que lo interpusiera en el plazo legal, lo que verificó, recurso que fue admitido; emplazándose a la contraparte por término legal, para que presentase escrito de oposición o impugnación, en cuyo trámite se presentó escrito de oposición al mencionado recurso; remitidas las actuaciones a este Tribunal, donde recibido y turnado, se acordó la celebración de vista, que ha tenido lugar en el día y hora señalado, solicitándose por los letrados asistentes lo que consta en el acta levantada; compareciendo en el mismo la Procuradora Sra. Madrid Luque en nombre y representación de José Luis Miranda S.L., asistido del Letrado Sr. Román Hernández, como apelante y la Procuradora Sra. Gálvez Cañete en nombre y representación de C.C.P.P. de C/ DIRECCION000 nº NUM000, Dña. María Milagros, Dña Alejandra, Dña. Esperanza, Dña Laura y Dña. Carmela, asistidos por el Letrado Sr. Siles Arjona como apelados.

TERCERO

En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución apelada.

PRIMERO

Para la mejor inteligencia de esta resolución, aunque ya lo recoge la sentencia de instancia, en la presente litis se ejercitan dos acciones, según aparece claramente en el suplico de la demanda.

De una parte la nulidad del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios celebrada el 19 de septiembre de 2005, punto tercero del orden del día, con las consecuencias que luego recogeremos, y, de otra, que se condene a la Comunidad de Propietarios demandada a pagar a la entidad José Luis Miranda S.L. la cantidad de 2.148,93 euros por los gastos que esta realizó en beneficio de aquella, reparando elementos comunes de desagüe.

SEGUNDO

Respecto de la primera acción cabe decir que el tercer punto del orden del día era "instalación de maquinas de aire acondicionado en el domicilio de Hermanas Laura Esperanza " (folio 26).

Ante todo apréciese que el orden del día no se proyecta sobre un acuerdo tendente a autorizar la instalación de acondicionadores de aire y condiciones que debe reunir dicha instalación, sino simplemente a decidir si se existen objeciones al ya instalado, decidiéndose que no, salvo la...

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