SAP Huelva 27/2000, 25 de Enero de 2000

PonenteFRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS
ECLIES:APH:2000:87
Número de Recurso191/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución27/2000
Fecha de Resolución25 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 27

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco José Martín Mazuelos

Magistrados:

D. José María Méndez Burguillo

D. Santiago García García

En la ciudad de Huelva a veinticinco de enero de dos mil.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. Francisco José Martín Mazuelos, ha visto en grado de apelación el juicio de cognición número 302/98 del Juzgado de Premera Instancia número 2 de Huelva , en virtud de recurso interpuesto por la actora DIRECCION000 DE HUELVA, siendo apelado el demandado D. Lucas .

ANTECEDENTES
  1. Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

  2. Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 29 de marzo de 1.999 se dictó sentencia , cuya parte dispositiva dice así: " Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Moreno Cabezas en nombre y representación de la DIRECCION000 de Huelva contra Don Lucas , debo absolver y absuelvo a Don Lucas de los pedimentos contra el mismo formulados, con imposición a la parte actora de las costas del procedimiento."

  3. Contra la anterior se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y, dado traslado a las demás partes, fueron remitidos los autos a esta Audiencia para su resolución.

    1. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.-La cuestión jurídica planteada se centra en quién es el beneficiario de la subvención, si la comunidad de propietarios o cada uno de los comuneros la solicitó respecto a obras en elementos comunes. En el presente caso, en el proyecto redactado figuraba como promotor la comunidad de vecinos (f. 159 y siguientes), en congruencia con su objeto, pues se trataba de obras de reforma y rehabilitación en la escalera común cuya ejecución acordó la comunidad. La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía describió la actuación como revestimiento de caja de escalera, con solería y alicatado, nueva puerta de entrada, electricidad zonas comunes y pintura, el presupuesto de 435.252 pesetas y la subvención a percibir por el promotor 217.626 pesetas (f. 193). El problema se plantea porque el acuerdo se notificó y la subvención se pagó no a la comunidad como tal sino individualmente en su parte proporcional a los copropietarios que formularon las solicitudes, haciendo constar en aquellas notificaciones como promotor a cada uno de ellos y como propietario a la comunidad.

  4. - Tal discrepancia queda...

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