ORDEN FORAL 47/2002, de 4 de abril, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas referentes al Programa de Promoción y Consolidación (Promex), integrado dentro del Plan de Internacionalización de la Empresa Navarra de 2002.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 47/2002, de 4 de abril, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas referentes al Programa de Promoción y Consolidación (Promex), integrado dentro del Plan de Internacionalización de la Empresa Navarra de 2002.

El Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo ha elaborado el Plan de Internacionalización de la Empresa Navarra de 2002, para cuyo desarrollo es necesario convocar, entre otras, las ayudas correspondientes al Programa de Promoción y Consolidación (Promex).

En su virtud,

ORDENO:

  1. -Objeto.

    La presente convocatoria hace referencia al Programa de Promoción y Consolidación (Promex).

    Se contemplan las acciones realizadas entre el 1 de diciembre de 2001 y el 30 de septiembre de 2002.

  2. -Beneficiarios.

    Pueden solicitar las ayudas establecidas en esta convocatoria:

    2.1. Empresas.

    -Con domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra.

    -Que su actividad se encuadre en las agrupaciones 22, de la 24 a la 49, 61, 75, 85 y de la 91 a la 96, según la división recogida en la Sección Primera, del Anexo I, de la Ley Foral 7/1996, de 28 de mayo, por la que se aprueban las tarifas de la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal.

    -Que lleven al menos un año constituidas en la fecha de publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    -Que cumplan los requisitos de PYME, según lo establecido en la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, es decir:

    -Que empleen a menos de 250 personas.

    -Que su volumen de negocios o ventas netas no exceda de 40.000.000 de euros o su activo total sea inferior a 27.000.000 de euros.

    -Que el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto no pertenezca a otra empresa o conjuntamente a varias empresas que no sean PYMES.

    Este umbral podrá superarse en los dos casos siguientes:

    -Si la empresa pertenece a sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o a inversiones institucionales, siempre que éstos no ejerzan, individual o conjuntamente ningún control sobre la empresa.

    -Si el capital está distribuido de tal forma que no es posible determinar quién lo posee y si la empresa declara que puede legítimamente presumir que el 25% o más de su capital no pertenece a otra empresa o conjuntamente a varias empresas que no responden a la definición de PYME.

    -Que su plan estratégico se considere homologado, debiendo adaptarse al guión de contenidos que aparece en el impreso de solicitud.

    Están exentas de la presentación del plan estratégico aquellas empresas que han recibido ayudas de este programa en cada uno de los tres años anteriores (1999, 2000 y 2001) y cuyo volumen de exportación en el año anterior sea superior al 30% de su volumen de ventas. Estas empresas presentarán una memoria, acompañando a la justificación de las acciones realizadas.

    -Las empresas de servicios que deseen acceder al programa, deberán cumplir además los requisitos siguientes:

    -Que generen valor añadido adicional y diferente al de la comercialización.

    -Que el servicio sea prestado en el exterior del país.

    -Que posean producto o diseño propio.

    2.2. Agrupaciones de empresas.

    -Ubicadas en Navarra. En el caso de que formen parte de la agrupación empresas de otras comunidades, las ayudas serán proporcionales al número de empresas navarras que participen en el grupo.

    -Cuya actividad sea la promoción a la exportación.

    -Que tengan personalidad jurídica:

    -Asociaciones.

    -Consorcios exportadores no incluidos en el programa del ICEX.

    -Que su plan estratégico se considere homologado, debiendo adaptarse al guión de contenidos que aparece en el impreso de solicitud.

    Están exentas de la presentación del plan estratégico aquellas agrupaciones que han recibido ayudas de este programa en cada uno de los tres años anteriores (1999, 2000 y 2001), las cuales presentarán una memoria, acompañando a la justificación de las acciones realizadas.

  3. -Gastos subvencionables.

    3.1. Empresas.

    3.1.a) Material de difusión en idioma extranjero.

    Incluye catálogos, folletos, vídeos y adaptación de página web o de sus contenidos a idiomas extranjeros. Se excluye la autofacturación por estos conceptos.

    El material deberá incluir, al menos, un idioma extranjero.

    3.1.b) Publicidad en medios extranjeros.

    Este concepto incluye, únicamente, la elaboración de anuncios y las inserciones publicitarias en medios de comunicación extranjeros. En las inserciones debe figurar el nombre y la marca de la empresa solicitante.

    3.1.c) Homologación, certificación, normalización y registro de patentes y marcas en el exterior.

    Comprende los gastos de registro de patentes y marcas para los mercados exteriores, así como de gestoría para los trámites necesarios.

    Se incluirán también los gastos de referenciación, entendiéndose como tales aquel canon, cuota, porcentaje o similar, que cobran las grandes superficies por la posibilidad de instalar productos en sus lineales.

    3.1.d) Viajes de prospección comercial.

    Viajes a países de interés comercial o estratégico para la empresa; siempre que el punto de partida sea España.

    3.1.e) Participación en ferias en el exterior.

    Dirigido a empresas que participen con stand individual o compartido, o bien, estén representadas por su importador o distribuidor exclusivo.

    Los conceptos subvencionables son:

    -Alquiler de espacio.

    -Decoración del stand.

    -Transporte de productos.

    -Contratación de azafatas y/o intérpretes.

    -Desplazamiento y alojamiento.

    -Inscripción y seguro obligatorio e inserción en el catálogo de la feria.

    Para subvencionar la participación en una feria será necesario que la empresa haya incurrido en algún gasto por alquiler del espacio, no subvencionándose sólo la visita a la feria.

    3.2. Agrupaciones de Empresas.

    3.2.a) Material de difusión en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR