Prólogo

AutorAlberto de la Fuente Miguélez
Páginas11-14
xi
La moderna vida en sociedad exige alcanzar un equilibrio armónico entre dos aspectos en
cierta medida contrapuestos: de una parte, la potenciación del tráfico de datos e informacio-
nes que tienden a cohesionar la colectividad y a facilitar la participación de los individuos en
la vida social, económica, cultural y política —como cabe esperar, por cierto, de un Estado
Social— y la transparencia de las actuaciones de quienes ostentan el poder público, lo que
permitirá su examen crítico y, en su caso, su censura y reprobación —lo que correspondería a
un Estado Democrático—; pero de igual modo, por otra parte, se han de garantizar los dere-
chos de los ciudadanos, miembros individuales de la colectividad. Al fin y al cabo, la verdadera
calidad de vida solo es posible con un efectivo respeto de la dignidad de la persona y con el
reconocimiento de aquellos derechos que son inviolables e inherentes a la condición humana.
Lo contrario implicaría consentir conductas que pondrían en entredicho los mismos pilares
de la vida humana en sociedad pues en ella el individuo necesita y desea, en mayor o menor
medida, relacionarse con sus semejantes, pero, de igual modo, precisa y anhela mantener
alejados a sus congéneres de ciertos aspectos de su existencia.
Así pues, debe buscarse el adecuado equilibrio entre el flujo de información y el respeto
por los derechos de la persona, logrando una oportuna conciliación entre ambos. La consecu-
ción de esa armonía se procurará mediante normas que, precisamente, suponen una limitación
al tráfico indiscriminado de datos, especialmente si estos están relacionados con personas
físicas. Entre tales normas se incluyen aquellas que regulan las distintas clases de secretos.
El análisis desde una perspectiva jurídica de uno de esos secretos, concretamente del que
se califica de estadístico, constituirá el núcleo de la investigación que pretendemos desa-
rrollar. De manera un tanto apriorística se podría afirmar que el secreto estadístico es una
institución tendente a evitar la revelación o el acceso de terceros a datos referidos a unidades
estadísticas, estén estas perfectamente identificadas o sean identificables por medios que no
supongan la individualización de los titulares de la información de manera inmediata, es decir,
como consecuencia de su propio contenido. El objetivo último de este trabajo consistirá, por
tanto, en precisar los perfiles que delimitan esta especial modalidad de secreto.
El secreto estadístico tiene una dimensión que podríamos calificar de eminentemente
matemática puesto que son razonamientos de esa naturaleza los que se aplican para dilucidar
cómo evitar, en la medida de lo posible, que se produzcan identificaciones indirectas de los
titulares de los datos. Pero igualmente, y de manera primordial a los efectos de nuestro estu-
dio, esta categoría de secreto es una institución jurídica: no se trata de un fenómeno natural
que el ordenamiento jurídico contempla regulando las consecuencias que de él puedan deri-
varse, sino que más bien nos encontramos ante una figura cuya existencia jurídica se produce,
PRÓLOGO
© 2018: Instituto Nacional de Administración Pública, Alberto de la Fuente Miguélez, McGraw-Hill Education.

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