RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

MarginalBOE-A-2004-5257
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de febrero de 2004.--El Secretario General Técnico, Javier Cepeda Morrás.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. (Cero-tres años)

En Madrid, a 11 de diciembre 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Señor Don Eduardo Zaplana Hernández-Soro,

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002, de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10 de julio), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, la Ilma. Señora Doña Laura González Álvarez, Consejera de Vivienda y Bienestar Social nombrada por Decreto del Presidente del Principado de 10/2003, de 7 de julio (B.O.P.A. de 8 de julio), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de acuerdo con la autorización conferida por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 4 de diciembre de 2003.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.--Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Segundo.--Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Tercero.--Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/1996, de 5de mayo, 839/1996, de 10 de mayo, 1888/1996, de 2 de agosto y 140/1997, de 31 de enero.

Cuarto.--Que la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias ostenta competencias en materia de protección y tutela de menores, de acuerdo con el artículo 10.1.25 de su Estatuto (redactado con arrego a la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero y 667/1984, de 8 de febrero.

Quinto.--Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartadodos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.

Sexto.--Que la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2003 (B.O.E. del día 31), incluye dos créditos adscritos al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para favorecer la conciliación entre lavida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, mediante transferencias a las Comunidades Autónomas: la aplicación 19.04.313O.454.00 con una dotación...

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