ATS, 12 de Diciembre de 2001

PonenteD. ANDRES MARTINEZ ARRIETA
Número de Recurso1930/2000
ProcedimientoNo definido
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2001
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de dos mil uno.

Dada cuenta. La anterior comparecencia, únase a la causa de su razón y se tiene por aceptada por el Procurador Don José Manuel Dorremochea Aramburu, la designación apud-acta efectuada por el imputado Don Alfonsopara su representación en esta causa. Unase igualmente los antecedentes penales del imputado que remite el Registro Central de Penados y Rebeldes.I. HECHOS

PRIMERO

Las presentes Diligencias Previas número 1930/2000 del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella fueron incoadas por posible comisión de un delito de contra la Seguridad del Tráfico, por el EXCMO. SR. DON Alfonso, hecho acaecido el día 22 de abril de 2000, en la localidad de Marbella.

En razón a la acreditada condición de Senador del Sr. Alfonso, las expresadas Diligencias Previas, fueron remitidas a esta Sala Segunda, dando lugar a la Causa Especial 1930/2000, en la que fue designado Magistrado Instructor el proveyente, de conformidad con el turno preestablecido a tales efectos.

SEGUNDO

Se han practicado cuantas diligencias han resultado procedentes para determinar la naturaleza de los hechos, pudiéndose afirmar que la investigación se encuentra ya concluida, sin que conste petición de práctica de pruebas por las partes personadas.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

ÚNICO.- De lo actuado en las presentes diligencias previas aparece que los hechos que motivaron su incoación pueden revestir los caracteres de delito de los comprendidos en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal imputable al Excmo. Sr. Don Alfonsopor lo que procede de conformidad con lo dispuesto en los artículos 789.3 y 790.1 LECrim. continuar la tramitación del presente procedimiento por los trámites establecidos en el Capítulo II del Título III del Libro IV de dicha Ley.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación, procede dictar la siguiente, III. PARTE DISPOSITIVA

Continuar las Presentes Previas por los trámites del Procedimiento Abreviado, dándose traslado de las mismas al Ministerio Fiscal, única parte personada como parte acusadora a fin de que por dicho Ministerio se interese bien el sobreseimiento de conformidad con el artículo 790.4º, o solicite la apertura de juicio oral de conformidad con el artículo 790.6º, debiendo presentar en este caso escrito de calificación provisional, todo ello en el plazo de cinco días a que se refiere el artículo 790.1º.

Notifíquese esta resolución a la representación legal del Sr. Alfonsode conformidad con el artículo 780 último párrafo.

Así lo acuerda, manda y firma el Excmo. Sr. Magistrado Instructor Don Andrés Martínez Arrieta, de lo que como Secretario, certifico.

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