Problemas de transitoriedad en la delimitación de la edad de acceso a la jubilación parcial anticipada

AutorMª de los Reyes Martínez Barroso
Páginas127-137
127
Problemas de transitoriedad en la delimitación de la edad de
acceso a la jubilación parcial anticipada
Problems of transience in the delimitation of the age of access to
the partial retirement
Resumen
Abstract
Siendo conscientes de que con carácter general, la
edad de acceso a la jubi lación parcial anticipada ya no
es en todo caso la de 61 años, sino que depende de los
períodos cotizados en el momento del hecho causante,
los principales problemas aplicativos surgen respecto a
las personas a las que se les aplica transitoriamente la
normativa vigente a 31 de diciembre de 2012. El
presente comentario analiza el requisito de la edad
para el acceso a la pensión de jubilación parcial, en
dichos períodos transitorios (60 ó 61 años), a partir de
dos pronunciamientos del Tribunal Supremo (Sala
Social) de 14 de septiembre de 2016.
Being aware that, in general, th e age of access to
early partial retirement is no longer 61 years, but it
depends on the p eriods quoted at the time of the
event, the main application problems arise with the
regulations in force on December 31, 2012, that they
are applied temporarily. This commentary analyzes
the age requirement for access to the partial
retirement benefit, in those transitional periods (60
or 61 years), from two pronouncements of the
spanish Supreme Court (Social Chamber) of
September 14, 2016.
Palabras clave
Keywords
Jubilación, jubilación parcial
Retirement, partial retirement, benefits
1. CONSIDERACIONES GENERALES A PROPÓSI TO DE LA JUBILACIÓN
PARCIAL ANTICIPADA
La jubilación parcial anticipada no funcionó con éxito en los albo res de su regulación
laboral
1
, si bien fue adquiriendo un peso creciente desde la aprobación de la Ley 35/2002 , de
12 de julio, de medidas para la jubilación gradual y flexible. Algunas desviaciones en la la
utilización de esta figura para situaciones en las que no estaba prevista pudieron contribuir a
dicho incremento, llevando a adoptar numerosas reformas legislativas, entre las cuales
destaca la ampliación de la jornada mínima a realizar por el jubilado parcial. La institución
se ha visto sometida a reformas co ntinuas, de ida y vuelta, por r azones económ icas y
demográficas, dando la impresión de que jamás se analizó suficientemente bien a priori
todos los posibles efectos perversos que podían llegar a tener ambas medidas [jubilación
parcial y contrato de relevo] en el mercado de trabajo y en el sistema de Seguridad Social
2
.
1
LÓPEZ CUMBRE, L.: Contrato de relevo y distribución del tiempo de trabajo. La jubilación al servicio del reparto
del empleo, TS, núm. 85, 1998, págs. 50 y ss.
2
GARCÍA NINET, J.I.: Modificaciones de la jubilación parcial y del contrato de relevo en la Ley 27/2011, de 1 de
agosto, RGDTSS, núms. 29-30, 2012 (número extraordinario, monográfico sobre la reforma del sistema de
(…)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR