STSJ Aragón , 30 de Mayo de 2005

PonenteVICENTE GOÑI LARUMBE
ECLIES:TSJAR:2005:1413
Número de Recurso1046/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SEC. 4ª)

RECURSO NUM. 1046/2001-D ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE Dª Natividad Rapún Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbe Procedimiento: Ordinario Cuantía: 2.800.000 pts. SENTENCIA NUM. 630 DE 2005 En Zaragoza, a treinta de mayo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Guerrero, y asistida por el Letrado Sr. Tomás.

Se interpone contra la Orden de 31 de julio de 2001, que confirma la resolución dictada el 25 de abril de 2001 por el Director General de Trabajo, en la que se le impone la sanción de 2.800.000 pts. Es demandado el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo de la Diputación General de Aragón, representada y asistida por el Letrado Sr. Corral.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Vicente Goñi Larumbe, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Acta de infracción núm. 22/01, de 11 de enero de 2001, de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, consta que los días 6 de agosto, 11 de septiembre y 21 de noviembre de 2000, visitó el edificio central de Ibercaja, Plaza Paraíso, 2 de esta ciudad, y oídas la representación de las empresas La Urbe S.L. y Maprusa, a cuyo cargo está el mantenimiento del mismo, así como a la Dirección de Recursos Humanos de Ibercaja, se constata lo siguiente:

  1. ). No se ha realizado la evaluación de riesgos teniendo en cuenta la naturaleza de las actividades que se desarrollan en el edificio citado y en concreto las relacionadas con las siguientes instalaciones y equipos:

    1. En la planta cubierta, helipuerto e instalación de góndolas (aparatos elevadores para la limpieza de las fachadas). Vías de comunicación.

    2. En la planta 15, grupos de frío, sala de ascensores, instalación de góndolas, grupos UPS (continuidad del sistema eléctrico), vías de comunicación y productos químicos.

    3. Sótano -I- puente grúa, maquina de escáner y prensa.

    Se requiere a la Entidad (diligencia núm. 6 del Libro de Visitas en 11 de septiembre de 2000), para que realice la evaluación de las áreas citadas y no consideradas en el informe del Servicio de Prevención MAZ del año 1997.

  2. ). Durante el curso de la visita, se han detectado las siguientes circunstancias:

    1. La planta cubierta donde se ubica el helipuerto, instalación de góndolas y la vía de circulación a ésta (una cabina está situada en reposo en el extremo opuesto de las escaleras de acceso a dicha planta y es forzoso atravesarla en toda su longitud, carece de protección perimetral frente a posibles caídas.

      Requerida la subsanación del defecto en el plazo de 30 días, la Caja ha comunicado su corrección.

    2. En la misma planta y en zona próxima al referido acceso, el suelo presenta irregularidades consistentes en pernos sobresalientes de 5 cms de altura aproximadamente, lo que favorece los tropezones y otras posibles colisiones.

    3. La bancada fija y las cabinas de las góndolas, incluidas las de la planta 15, están afectadas de corrosión. Su uso en condiciones climáticas adversas que pueden afectar a su estabilidad y a la seguridad de los trabajadores de La Urbe S.L., y se deja al criterio que el sentido común y de oportunidad aconseja; no se ha evaluado el riesgo ni planificado la actividad preventiva concerniente a las limitaciones y prohibiciones que deben observarse en las tareas de limpieza de fachadas del inmueble.

      Requerida el 11 de septiembre de 2000 la documentación relativa a las comprobaciones y actuaciones relacionadas con la instalación de góndolas y aparatos elevadores comprensivo todo ello de los últimos cinco años, se han aportado únicamente facturas giradas por Schindler en diciembre de 1999 y relativas, entre otras partidas, de las operaciones de sustitución de cables de suspensión y pintura de góndolas y sus guías, lo que demuestra que la sustitución de los cables no se ha realizado con la periodicidad marcada por el fabricante (una vez cada tres años).

    4. Las plataformas de acceso a las góndolas de la planta 15 disponen de protección perimetral incompleta.

    5. La instalación de refrigeración presenta abundantes corrosiones, tuberías conductoras de agua han perdido prácticamente su aislamiento en algunos segmentos.

    6. En la sala de refrigeración están almacenados en el suelo sin orden y con cierta dispersión, bidones conteniendo productos químicos.

    7. En la sala de ascensores, la pantalla protectora de la trampilla de descenso a la plataforma de acceso a los ascensores, puede dar lugar a deslizamientos peligrosos por estar montada sobre ruedas; las...

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