SAP Barcelona 539/2005, 5 de Octubre de 2005
Ponente | JOSE LUIS BARRERA COGOLLOS |
ECLI | ES:APB:2005:6861 |
Número de Recurso | 860/2004 |
Número de Resolución | 539/2005 |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº
Recurso de apelación nº 860/04
Procedente del procedimiento ordinario nº 365/03
Tramitado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Mataró (ant.Cl-6)
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados
DON JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS, DÑA. Mª DOLORES PORTELLA LLUCH y DON
ANTONIO RECIO CORDOVA actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el
recurso de apelación nº 860/04 interpuesto contra la sentencia dictada el día 4 de junio de 2004, en el procedimiento nº 365/03 tramitado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Mataró (antiguo juzgado mixto nº 6 )), en el que es recurrente BODEVILLAS ARRUE, S.L., y apelado DON Jose Daniel , previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España
la siguiente
SENTENCIA
Barcelona, 5 de octubre de 2005
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Joan Manuel Fábregas Agustí en nombre y representación de D. Jose Daniel , defendido por el Letrado Sr. Jordi Centell Nieto contra BOVEDILLAS ARRUÉ S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pilar Martínez Crespo y defendida por el Letrado Sr. Manuel José Gómez Reino Alonso debo condenar y condeno a BODEVILLAS ARRUÉ S.L. a satisfacer a la actora la cantidad de 94.174,94,- euros más el interés legal desde la fecha de la interposición de la demanda.
Sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.
Que desestimando la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pilar Martínez Crespo en nombre y representación de BOVEDILLAS ARRUÉ S.L. y defendida por el Letrado Sr. Manuel José Gómez Reino Alonso contra Jose Daniel representado por el Procurador de los Tribunales
D. Joan Manuel Fábregas Agustí, defendido por el Letrado Sr. Jordi Centell Nieto y debo absolver yabsuelvo a este último de la pretensión formulada de contrario, imponiendo a la actora reconvencional el pago de las costas procesales.
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS.
Don Jose Daniel , hoy demandante, fue socio fundador de la empresa Bovedillas Arrué S.L. que, según se consiente, tuvo su embrión originario en un negocio anterior que funcionaba en régimen de comunidad de bienes compartida con su cuñado Don Marcos , hoy fallecido, quienes, al tiempo de la constitución, al menos respecto a la persona del actor, entregaron para no depender excesivamente del crédito bancario, ciertas sumas de dinero en concepto de préstamo, reclamándose en el pleito la cantidad correspondiente al actual litigante. Se trataba de un préstamo sin pacto...
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