SAP Madrid 650/2005, 4 de Octubre de 2005
Ponente | ELADIO GALAN CACERES |
ECLI | ES:APM:2005:10717 |
Número de Recurso | 565/2005 |
Número de Resolución | 650/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª |
EDUARDO HIJAS FERNANDEZELADIO GALAN CACERESCARMEN NEIRA VAZQUEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRID
SENTENCIA: 00650/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)
Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210
N.I.G. 28000 1 7007234 /2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 565 /2005
Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 412 /2004
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de COLLADO VILLALBA
De: Jose Pedro
Procurador: OLGA MARTIN MARQUEZ
Contra: Amanda
Procurador: REYES VIRGINIA GARCIA DE PALMA
SENTENCIA
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilma. Sra. Dª. Carmen Neira Vázquez
_________________________________________/
En Madrid, a cuatro de octubre de dos mil cinco.
La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas de sentencia de separación, bajo el nº 412/04, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Collado Villalba, entre partes:
De una como apelante, Don Jose Pedro, representado por la Procuradora Doña Olga Martín Márquez.
De otra, como apelada, Doña Amanda, representada por la Procuradora Doña Reyes Virginia García de Palma.
Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Con fecha 23 de febrero de 2005 por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de los de Collado Villalba se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal: "DISPONGO: Estimando en parte la demanda presentada por la Procuradora Sra. Esteban Sánchez, en nombre y representación de don Jose Pedro, contra doña Amanda, sobre modificación de medidas aprobadas en sentencia de separación de fecha 29 de enero de 2004, se acuerda la supresión de la pensión compensatoria fijada en la estipulación Séptima del convenio de separación, desestimando la petición de reducción de alimentos de los menores, sin hacer imposición de las costas procesales.
Así lo dicto, mando y firmo en el día de la fecha.
Este auto es apelable en ambos efectos para ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro de los cinco días siguientes a su notificación debiendo interponerse ante este Juzgado.
Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, previa la oportuna preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Don Jose Pedro, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentándose por la representación legal de Doña Amanda escrito de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y fallo del recurso el día 3 de los corrientes.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante, a través del escrito de formalización del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de instancia, y con revocación de la misma, ha solicitado que la pensión de alimentos se establezca en la cuantía de 120¤ mensuales para cada uno de los hijos, reproduciendo los argumentos contenidos en una nota aportada al procedimiento por su dirección letrada, que hace mención a un relato de hechos relacionados con su trabajo, incidencias laborales producidas, cese y despido, afirmando que actualmente sólo...
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