ORDEN FORAL 106/2012, de 7 de marzo, del Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, por la que se aprueba y publica la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes del puesto de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante la Orden Foral 25/2012, de 23 de enero, del Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 21, de 31 de enero de 2012, se aprobó la convocatoria para la provisión entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes del puesto de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes procede, de conformidad con lo establecido por la Base 4.1. de la convocatoria, la aprobación, mediante Orden Foral del Consejero de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En virtud de todo ello y en uso de las facultades que me confiere el artículo 41.1.e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2011, de 1 de julio, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 128/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior,

ORDENO:

  1. Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión entre funcionarios habilitados, mediante traslado por concurso de méritos, de plazas vacantes del puesto de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, que se adjunta como Anexo a esta Orden Foral.

  2. Significar al aspirante excluido, que dispone de un plazo de cinco días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, para formular reclamación y...

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