Orden CUL/2394/2009, de 31 de julio, por la que se establece la convocatoria de presentación de solicitudes para la designación de la Capital Europea de la Cultura para el año 2016.

MarginalBOE-A-2009-14496
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Desde 1985 la Comunidad Europea ha respaldado la iniciativa de los Estados miembros de designar anualmente una ciudad europea de la cultura. A partir de 1992, con la entrada en vigor del Tratado de Maastricht y el actual artículo 151 del Tratado de la Comunidad Europea, la cultura y la voluntad de realizar acciones culturales a escala europea ha fomentado la contribución al florecimiento de las culturas de los Estados miembros, dentro del respeto a su diversidad nacional y regional, poniendo de relieve al mismo tiempo el patrimonio cultural común.

Actualmente está en marcha el programa marco «Cultura 2007-2013» en el que se incluye la celebración «Capital Europea de la Cultura».

En este sentido, la designación de la «Capital Europea de la Cultura» contribuye a valorar la riqueza, la diversidad y las características comunes de las culturas europeas, y permite un mejor conocimiento mutuo entre los ciudadanos de la Unión Europea.

La Decisión 1622/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la celebración «Capital Europea de la Cultura» para los años 2007 a 2019, ha fijado el procedimiento para la designación de Capital Europea de la Cultura para dicho período. En el anexo a la citada Decisión 1622/2006/CE se establece el orden para el ejercicio anual del derecho a presentar la candidatura para ser designadas Capital Europea de la Cultura durante un año, correspondiendo la designación a una ciudad de cada uno de los Estados miembros que aparecen en el citado anexo, dos por cada año. De este modo se garantiza la participación de todos los Estados miembros de la Unión Europea en el acceso a esta celebración en condiciones de igualdad. Para el año 2016, le corresponde el derecho a presentar candidatura a la designación de Capital Europea de la Cultura a España y a Polonia. La aplicación del proceso de designación establecido en la Decisión requiere un período de seis años, por lo que es preciso proceder ahora a la presente convocatoria.

De acuerdo con la mencionada Decisión, con esta acción comunitaria se pretende:

Resaltar las corrientes culturales europeas de mayor significación.

Fomentar las manifestaciones y creaciones artísticas, a las que estén asociados actores culturales de otras ciudades de los Estados miembros de la Unión, que faciliten el establecimiento de una cooperación cultural duradera y favorecer su circulación en la Unión Europea.

Promover la movilización y participación en el proyecto de amplios sectores de la población.

Fomentar el diálogo entre las culturas de Europa y las otras culturas del mundo.

Valorar el patrimonio histórico y el espacio urbanístico de la ciudad seleccionada.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de mayo de 2009, se encomendó al Ministerio de Cultura la aplicación de la Decisión 1622/2006/CE, llevando a cabo la convocatoria de presentación de solicitudes de las ciudades interesadas en ser designadas «Capital Europea de la Cultura» para el año 2016, así como la regulación del procedimiento dirigido a dicha designación por el Consejo de Ministros de la Unión Europea.

En virtud de todo ello, con la aprobación previa de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Mediante la presente orden se establece una convocatoria para designar la ciudad española que se encargará de organizar la celebración denominada «Capital Europea de la Cultura» para el año 2016.

Artículo 2 Solicitudes.
  1. Podrán concurrir a esta convocatoria, los municipios españoles que quieran ejercer el derecho a ser designados Capital Europea de la Cultura para el año 2016. Los municipios podrán optar por incluir en su programa a la región circundante.

  2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez meses a partir del día siguiente a la...

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