STSJ Andalucía , 23 de Mayo de 2001
Ponente | SANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIA |
ECLI | ES:TSJAND:2001:7283 |
Número de Recurso | 2471/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. SEDE DE SEVILLA.
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA R. N° 2.471 de 1.998 SENTENCIA Ilmo. Sr Presidente Don Santiago Martínez Vares García Iltmos Sres Magistrados Don Julián Manuel Moreno Retamino Doña María Luisa Alejandre Durán.
En la ciudad de Sevilla, a veintitrés de mayo de dos mil uno. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso n° 2.471 de 1.998, interpuesto por el Ente Público Empresarial Correos y Telégrafos, representado y defendido por el Sr Abogado del Estado, contra las liquidaciones giradas por precio público por entradas de vehículos ejercicios 1.994 a 1.998 por el Excmo Ayuntamiento de Córdoba y referida a una entrada de carruajes de la que es titular el recurrente en la calle Omeyas números 4, 6 y 8 de la citada ciudad. Como Administración demandada ha comparecido el Excmo Ayuntamiento de Córdoba, representado y defendido por Letrado de sus servicios jurídicos. La cuantía del proceso se ha fijado en 244.976 pesetas. Ha sido ponente el fimo. Sr D. Santiago Martínez Vares García, Presidente de la Sala que expresa la decisión de la misma.
I
El recurso se interpuso el día 10 de noviembre de 1.998, contra la resolución citada.
En la demanda la parte actora pretendió de la Sala una Sentencia que anulase la resolución recurrida.
En la contestación a la demanda la Administración pretendió la desestimación del recurso.
La Sala no recibió el pleito a prueba y dio traslado a las partes para que formularan los escritos de conclusiones en los que ratificaron sus respectivas pretensiones.
QUINTO,- Señalada fecha para la votación y Fallo tuvo lugar el día 14 de mayo de 2.001, en que se deliberó, votó y falló.
II
La Corporación demandada giró liquidación por precio público al Ente Público Empresarial Correos y Telégrafos por la utilización del dominio público en la calle Omeyas, números 4, 6 y 8 para el acceso al garaje de las dependencias de las que es titular en dicho lugar y referidos a los ejercicios 1.994 a 1.998.
El Ente demandante mantiene que le resulta aplicable la entonces vigente exención recogida en el artículo 43 de la Ley 39 de 1.988 LHL. El artículo mencionado disponía que: " No estarán obligadas al pago de precios públicos las Administraciones Públicas por los aprovechamientos inherentes a los servicios públicos de comunicaciones que exploten directamente...".
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