AAP Madrid 94/2009, 7 de Mayo de 2009

PonenteCESAREO FRANCISCO DURO VENTURA
ECLIES:APM:2009:18779A
Número de Recurso157/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución94/2009
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

AUTO: 00094/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA CIVIL

AUTO Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 157 /2009

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. JESUS GAVILAN LOPEZ

D. CESAREO DURO VENTURA

En MADRID, a siete de mayo de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 11 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1847/2007, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 157/2009, en los que aparece como parte apelante D. Héctor Y Dª Emma representado por el Procurador D. SANTOS DE GANDARILLAS CARMONA, sobre inadmisión de interdicto de obra nueva, y siendo Magistrado Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª CESAREO DURO VENTURA.

HECHOS

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Madrid, en fecha 20 de noviembre de 2008, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Inadmitir a trámite la demanda de suspensión de obra nueva formulada por la representación de Héctor Y Emma, frente a Luz, D. Nicanor, Dª Silvia, Dª Adoracion, D. Urbano, D. Luis Enrique, D. Alberto, D. Bernardo, Dª Custodia, D. Emilio, D. Gervasio, D. Laureano, D. Pablo, D. Severino, Dª Loreto ."

SEGUNDO

Notificado el mencionado auto, contra el mismo se interpuso recurso de apelación por D. Héctor Y Dª Emma, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 30 de abril de 2009, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales en ambas instancias.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Los actores, como propietarios y vecinos del inmueble sito en la Calle DIRECCION000 nº NUM000 portal NUM001, de Madrid, ejercitan una acción de suspensión de obra nueva contra varios vecinos del mismo inmueble, los que habrían decidido y costearían las obras de instalación de un ascensor en la Comunidad. La petición se funda en un relato de hechos que parte de señalar las discrepancias habidas en la Comunidad para la referida instalación, que no contaría con la aprobación necesaria según la LPH, habiendo encargado los demandados por su cuenta y riesgo un proyecto de ejecución del ascensor, frente a lo que se habría reaccionado con denuncia ante el Ayuntamiento por diversas infracciones urbanísticas que habrían dado lugar a la presentación de un nuevo proyecto, siendo así que pese a la oposición de los vecinos las obras habrían comenzado, con evidente abuso y perjuicios, y con diversas infracciones urbanísticas.

La juez de instancia, tras examinar el ámbito de la acción ejercitada, determina que habría un acuerdo de la Comunidad para la instalación del ascensor, y que a través de la acción ejercitada no podría ponerse en entredicho la validez de dicho acuerdo que tiene su propio cauce de impugnación en la ley; igualmente se estima no concurrir el requisito objetivo al estar paralizada la obra que se cuestiona, por lo que inadmite...

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