Decreto 77/2009 de 4 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 53/2005, de 29 de julio, por el que se determina el precio público de las plazas de atención diurna para personas con discapacidad en los centros propios y concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyDecreto

El artículo 36 de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece que los precios públicos se determinarán mediante decreto del Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Hacienda, cuando razones sociales, benéficas o culturales aconsejen señalar precios inferiores a los costes económicos de los correspondientes bienes, servicios o actividades.

La citada Ley, ha sido desarrollada mediante Decreto 87/2003, de 18 de julio, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos. Dicho decreto incluye como categoría específica los servicios prestados por centros asistenciales.

El precio público para las plazas de atención diurna para personas con discapacidad en los centros propios y concertados de la Comunidad de La Rioja, está actualmente regulado en el Decreto 53/2005, de 29 de julio, por el que se determina el precio público de las plazas de atención diurna para personas con discapacidad en los centros propios y concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificado por el Decreto 20/2007, de 27 de abril.

La realidad cambiante y las demandas existentes en materia de plazas de atención diurna para personas con discapacidad en centros propios y concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja plantean adecuar la normativa a una nueva tipología de plazas, modificando nuevamente la Orden 5/2005, de 4 de julio, de la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales, que regula el procedimiento de adjudicación de plazas de atención diurna para personas con discapacidad en centros propios y concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En consecuencia, la regulación de una nueva tipología de las plazas implica proceder a lacorrespondiente modificación del Decreto 53/2005, de 29 de julio, por el que se determina el precio público de las plazas de atención diurna para personas con discapacidad en los centros propios y concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al objeto de regular el precio público de las mismas.

Además, también se hace necesario contemplar algunas modificaciones en el procedimiento para la...

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