Orden de 17 de marzo de 1983 para la aplicación y desarrollo de determinados preceptos del Real Decreto 93/1983, de 19 de enero, sobre revalorización, mejora y cuantías mínimas de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-1983-9264
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El número 1 del artículo 6. del Real Decreto 93/1983, de 19 de enero, sobre revalorización, mejora y cuantías mínimas de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social garantiza unos complementos para alcanzar las cuantías mínimas de pensión que en él se fijan, y el número 2 del propio artículo establece la incompatibilidad de tales complementos con la percepción de rentas de capital, realización de trabajo personal o situación de alta en la Seguridad Social, facultando al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para fijar las condiciones mínimas determinantes de la incompatibilidad establecida.

En su virtud, este Ministerio, en uso de las facultades que le confiere el número 2 del artículo 6. y la disposición final del citado Real Decreto, tiene a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1 Los complementos para alcanzar las cuantías mínimas de pensión a que se refiere el artículo 6. del Real Decreto 93/1983, de 19 de enero, son incompatibles con las percepciones obtenidas por rentas de capital, mobiliario o inmobiliario, o por la realización de trabajo personal, cuando tales percepciones sean superiores a 415.000 pesetas anuales.

En la aplicación de la norma contenida...

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