Preaviso y buena fe en la separación ad nutum en las sociedades profesionales

AutorFrancisco Redondo Trigo
CargoAcadémico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Profesor de Derecho civil y abogado
Páginas622-637
622 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 777, págs. 622 a 637
2. DERECHO MERCANTIL
Preaviso y buena fe en la separación ad nutum
en las sociedades profesionales
Advance notice and good faith in ad nutum
separation in professional corporates
por
FRANCISCO REDONDO TRIGO
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
Profesor de Derecho civil y abogado
RESUMEN: El ejercicio del derecho de separación del socio de las sociedades
profesionales puede someterse a un plazo de preaviso y deberá ejercitarse en todo
caso conforme a las exigencias de la buena fe.
ABSTRACT: The exercise of the right of separation of the partner from profes-
sional corporates may be subject to a period of notice and must be exercised in any
case in accordance with the requirements of good faith.
PALABRAS CLAVE: Derecho de separación. Preaviso y buena fe.
KEY WORDS: Right of separation. Advance notice and good faith.
SUMARIO: I. DE LA VALIDEZ DE LA CLÁUSULA ESTATUTARIA DE PRE-
AVISO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO
PROFESIONAL.—II. DE LA BUENA FE EN EL EJERCICIO DEL DERECHO
DE SEPARACIÓN.—III. DE LA RETENCIÓN DE LA LIQUIDACIÓN Y DE LAS
CONSECUENCIAS INDEMNIZATORIAS RESULTANDO EL SOCIO INCUMPLI-
DOR UN DEUDOR DOLOSO.—IV. BIBLIOGRAFÍA.—V. ÍNDICE DE RESOLU-
CIONES CITADAS.
I. LA VALIDEZ DE LA CLÁUSULA ESTATUTARIA DE PREAVISO PARA EL
EJERCICIO DEL DERECHO DE SEPARACIÓN DEL SOCIO PROFESIONAL
La validez de la fijación del plazo de preaviso en los Estatutos Sociales de
una Sociedad Profesional ha sido específicamente admitida por nuestra práctica
notarial y registral y refrendada por la Dirección General de los Registros y del
Notariado. De esta forma, la resolución de la Dirección General de los Regis-
tros y del Notariado de fecha 7 de febrero de 2012, («RDGRN») en el recurso
interpuesto por JGBR Abogados y Asesores Tributarios, S.L. Profesional, contra
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Preaviso y buena fe en la separación ad nutum en las sociedades profesionales
la negativa del registrador mercantil VIII de Barcelona a inscribir determinada
disposición de los estatutos sociales de una entidad (BOE núm. 54 sábado 3
de marzo de 2012 Sec. III, 18388) se pronuncia sin dudas sobre dicha posibi-
lidad. En el caso, analizado por la referida RDGRN el registrador suspende la
inscripción de dicha disposición estatutaria porque, a su juicio, «Los términos
en los que se regula el derecho de separación de los socios profesionales —en
las sociedades constituidas por tiempo indefinido— en el artículo13 de la Ley
de Sociedades Profesionales, no permiten condicionar su ejercicio estableciendo
un plazo de preaviso, por cuanto que la ley configura el derecho de separación
de los socios profesionales como un derecho libremente ejercitable por este
en cualquier tiempo, siendo eficaz, desde el momento en que se notifique a la
Sociedad».
Hemos de recordar que el artículo13.1 de la Ley de Sociedades Profesionales
(«LSP») expresamente prevé lo siguiente:
«1. Los socios profesionales podrán separarse de la sociedad constituida por
tiempo indefinido en cualquier momento. El ejercicio del derecho de separación
habrá de ejercitarse de conformidad con las exigencias de la buena fe, siendo eficaz
desde el momento en que se notifique a la sociedad».
Por lo tanto, desde la exigencia de ejercicio del derecho de separación ad
nutum conforme a la buena fe es como se fundamenta la validez del estableci-
miento del plazo de preaviso por parte de la DGRN que razona al respecto del
siguiente tenor:
«Indudablemente, este derecho de separación legalmente establecido es de “ius
cogens”, pero tal carácter no impide toda modalización de su ejercicio. Así —y
aparte la previsión legal que contiene el mismo artículo13.1 de la Ley de Socieda-
des Profesionales de necesario ajuste del ejercicio del derecho de separación a las
exigencias de la buena fe—, no debe rechazarse la previsión estatutaria de cautelas
como la constituida por la cláusula de preaviso cuestionada en el presente caso, toda
vez que contribuye a salvaguardar tanto los intereses de los acreedores (mediante
las normas establecidas para la necesaria reducción del capital social) como los de
la propia sociedad (evitando así que un ejercicio abusivo de ese derecho pudieran
abocarla a la disolución), y tampoco puede estimarse contraria al fundamento del
derecho de separación «ad nutum» que se establece en interés del socio profesional.
En este sentido, no perturba la realización del valor patrimonial de las participa-
ciones con una dificultad objetiva que sea prácticamente insalvable ni implica para
el socio una vinculación excesiva o abusiva, máxime si se tiene en cuenta que, al
ser aplicada, deben respetarse los límites impuestos por los usos, la buena fe y la
prohibición de abuso del derecho —cfr. artículos1 y 57 del Código de Comercio y
7, 1258, 1287 y 1291 del Código civil—».
Sin embargo, en la exigencia de ejercicio del derecho de separación ad
nutum conforme a la buena fe reside en la validez del plazo de preaviso estatu-
tario fijado para su práctica, pero también en la modalización de este derecho
ya que el preaviso exigido se basa igualmente en que también contribuye a
salvaguardar los intereses de los acreedores (mediante las normas establecidas
para la necesaria reducción de capital) y los de la propia sociedad (evitando
que un ejercicio abusivo e intempestivo del derecho por su no sujeción a plazo
pudiera incluso llevar a la disolución social).

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