Orden DES/35/2010 de 8 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la anualidad 2010 de las ayudas por el sacrificio de animales positivos a paratuberculosis bovina, ovina y caprina dentro del marco de la ejecución de los programas sanitarios de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad
Rango de LeyOrden

Orden DES/35/2010 de 8 de junio, por la que se establecen las basesreguladoras y se aprueba la convocatoria para la anualidad 2010 delas ayudas por el sacrificio de animales positivos a paratuberculosisbovina, ovina y caprina dentro del marco de la ejecución de los programas sanitarios de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera.

El Decreto 14/2005, de 3 de febrero, por el que se regulan las Agrupaciones de DefensaSanitaria Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 16 de febrero), establecelos requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de este tipo de Agrupaciones enCantabria, de acuerdo con las disposiciones que al respecto se contemplan, tanto en la Ley8/2003, de 4 de abril, de Sanidad Animal, como en el Real Decreto 784/2009, de 30 de abril,por el que se establece las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a lasAgrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas.

Una de las principales obligaciones para el reconocimiento de las Agrupaciones de DefensaSanitaria Ganadera es la ejecución de un programa sanitario que incluye el establecimiento de unprocedimiento para la detección de determinadas enfermedades y para su control o erradicación.

La paratuberculosis es una enfermedad que ocasiona importantes pérdidas a las explotaciones ganaderas. La lucha contra esta enfermedad en el ganado bovino está recogida enel propio Decreto 14/2005, de 3 de febrero, que establece que las Agrupaciones de DefensaSanitaria Ganadera deberán llevar a cabo un programa de control contra la paratuberculosis,cuyo contenido mínimo se estableció en la Orden DES/79/2009, de 30 de noviembre, por laque se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2010 de las Ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas reconocidas en Cantabria. Este programa incluye elestablecimiento de un plan de eliminación de los animales positivos.

A la vista de la epidemiología de la enfermedad, y de su incidencia en ganado bovino, ovinoy caprino, la eliminación de estos animales positivos, que actúan como transmisores de la enfermedad, es básica para el establecimiento de un programa de control de la paratuberculosis,en la que también deben intervenir otros aspectos, como son las medidas de bioseguridad y elsistema de manejo de los animales.

Por ello se considera necesario el mantenimiento de la citada línea de ayudas con objetode incentivar el sacrificio temprano de los animales que se diagnostiquen como positivos enel marco de la ejecución de los programas sanitarios de estas Agrupaciones y que fomente lainstauración de medidas de seguridad en las mismas.

Estas ayudas suponen la adopción de medidas para la prevención y erradicación de enfermedades que figuran en el Reglamento (CE) Nº 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembrede 2.006, sobre aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para explotaciones de productores ganaderos que tengan la consideración de Pymes, de acuerdo conel anexo I del reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008. Así, enel artículo 10 del citado Reglamento (CE) Nº 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de2006, se establece: "Las ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes derivadas de la prevención y erradicación de enfermedades de los animales...serán compatiblescon el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado y quedaránexentas de la obligación de notificación del artículo 88."

En consecuencia, en el marco de la Ley de Cantabria 10/2.006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 16 y 23.1 de lacitada Ley de Cantabria 10/2006 y el artículo 33.f), de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 dediciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

Dispongo

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de la presente Orden es establecer, en régimen de concurrencia competitiva, lasbases reguladoras y la convocatoria para el año 2010, de las ayudas por el sacrificio de animales de la especie bovina, ovina y caprina diagnosticados como positivos en las pruebas dedetección de paratuberculosis, dentro del marco de la ejecución de los programas sanitariosde las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante ADSG) reconocidas en laComunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 2 Financiación.

Las ayudas previstas en la presente Orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.412.A.772 de la Ley de Cantabria 5/2009, de 28 de diciembre, por la que seaprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2010,con un importe total máximo de 50.000 €.

Artículo 3 Beneficiarios.
  1. Tendrán derecho a la percepción de las ayudas establecidas en la presente Orden lostitulares de explotaciones ganaderas integrados en alguna ADSG reconocida en la ComunidadAutónoma de Cantabria que hayan sacrificado animales, diagnosticados como positivos en laspruebas de detección de paratuberculosis dentro del marco de la ejecución del programa sanitario de la Agrupación a la que pertenecen.

  2. Asimismo, los solicitantes, para tener la consideración de beneficiarios, deberán reunirlos requisitos establecidos en el artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, deSubvenciones de Cantabria.

  3. Ser productores ganaderos en actividad, y que las explotaciones tengan la condición dePYMES de acuerdo con el anexo I del Reglamento (CE) ) nº 800/2008 de la Comisión de 06 deagosto de 2008, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudasestatales a las pequeñas y medianas empresas.

  4. Los beneficiarios no podrán haber sido sancionados mediante resolución firme en víaadministrativa por infracciones en materia de sanidad, bienestar animal e identificación y registro de explotaciones, en los dos años anteriores a la finalización del plazo de presentaciónde solicitudes, por infracciones graves a la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal ypor infracciones muy graves a la Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección deAnimales y en los tres años anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudespor infracciones muy graves a la Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal.

Artículo 4 Actuaciones Subvencionables.

Será objeto de subvención el sacrificio de animales de la especie bovina, ovina y caprinapositivos a las pruebas de diagnóstico de paratuberculosis efectuadas dentro de la ejecucióndel programa sanitario de una ADSG reconocida por la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 5 Requisitos.

Para poder tener derecho a la ayuda regulada en la presente Orden se deberán cumplir lossiguientes requisitos:

  1. Contar con certificación de los Servicios Veterinarios de la ADSG en la que está integradala explotación del solicitante, indicando que en la misma se ha cumplido con el programa sanitario de la Agrupación, y que el titular de la explotación ha instaurado las medidas de manejoy de bioseguridad para el control de la paratuberculosis, indicadas por el Servicio Veterinariode la Agrupación.

  2. Con relación a los animales objeto de ayuda se cumplirán los siguientes requisitos:

    1. Los resultados laboratoriales positivos a las pruebas de investigación de paratuberculosis se deberán haber emitido por el Servicio de Laboratorio y Control de la Dirección Generalde Ganadería o por un laboratorio autorizado por ésta, tras una petición de análisis efectuadapor una ADSG reconocida en la Comunidad Autónoma de...

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