Resolución de 14 de febrero de 2006, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se delegan competencias en el Gerente.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Febrero de 2006
MarginalBOE-A-2006-3251
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyResolución

Resolución de 14 de febrero de 2006, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se delegan competencias en el Gerente.

Transcurridos más de 24 años desde la publicación de la Resolución de 4 de diciembre de 1981, del Centro de Estudios Constitucionales, por la que se delegan determinadas competencias en el Gerente del Organismo, y teniendo en cuenta los profundos cambios que en todos estos años ha experimentado la normativa administrativa reguladora de diferentes materias como la gestión económica o la contratación, así como la nueva estructura y organización de este Organismo establecida por Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, aconsejan proceder a la revisión de la actual delegación de competencias.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Primero.-Se delegan en el Gerente del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales las siguientes atribuciones del titular del Organismo:

  1. La competencia para autorizar y comprometer gastos y para reconocer y proponer el pago de las obligaciones económicas imputables al capítulo I del presupuesto del Organismo.

  2. Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al titular del Organismo como órgano de contratación, incluida la aprobación del gasto, en relación con los contratos cuya cuantía no supere los 120.000 euros.

  3. La autorización y compromiso de gastos, el reconocimiento de obligaciones y la propuesta y autorización del pago de las obligaciones económicas no imputables al capítulo I del presupuesto del Organismo, cuya cuantía no supere los 120.000 euros.

  4. La autorización del pago con cargo a los anticipos de caja fija, así como la tramitación de los documentos...

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