El poder militar y su influencia en la libertad de prensa: el conflicto de jurisdicciones (1883-1906)

AutorMaría López de Ramón
CargoProfesora ayudante doctor Universidad Carlos III de Madrid
Páginas104-166
Historia Constitucional
ISSN 1576-4729, n. 23, 2022. http://www.historiaconstitucional.com, págs. 104-166
EL PODER MILITAR Y SU INFLUENCIA EN LA LIBERTAD
DE PRENSA: EL CONFLICTO DE JURISDICCIONES
(1883-1906)
MILITARY POWER AND ITS INFLUENCE ON THE
FREEDOM OF THE PRESS: THE CONFLICT
OF JURISDICTION (1883-1906)
María López de Ramón
Universidad Carlos III de Madrid
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.- II. DEL PROYECTO CIVIL CANOVISTA AL
MILITARISMO IMPERANTE A FINALES DEL SIGLO XIX.- III. EL TRATAMIENTO
DE LOS ASUNTOS MILITARES EN LOS MEDIOS IMPRESOS.- 3.1. La existencia de
los órganos de prensa castrense.- 3.2. La difusión de las ideas antimilitaristas en la
prensa. IV.-LOS RECORTES A LA LIBER TAD DE PRENSA DE LOS MILITARES.- 4.1.
Prevalencia del honor frente a la libertad de informar.- 4.2. La restricción informativa
contenida en la circular de Chinchilla.- V.- EL PROBLEMA DE COMPETENCIA
EN LOS DELITOS MILITARES REALIZADOS POR MEDIO DE LA IMPRENTA.- 5.1
Origen del conicto de jurisdicciones.- 5.2. Ataques del ejército a las redacciones
de El Resumen y El Globo.- 5.3. La ruptura entre el poder civil y el poder militar.-
5.4. La jurisprudencia del Tribunal Supremo a favor de los tribunales ordinarios a
nales del Siglo XIX. VI.- EL ACOSO DEL EJÉRCITO A LOS PERIÓDICOS COMO
RESPUESTA A LA LÍNEA CONTINUISTA JURISPRUDENCIAL A PRINCIPIOS DEL
SIGLO XX.- VII.- EL ANTIMILITARISMO DE LOS PERIÓDICOS CATALANES.
ATAQUES AL CU-CUT Y LA VEU DE CATALUNYA. VIII.- EL RECORTE DE LAS
LIBERTADES PÚBLICAS CON LA APROBACIÓN DE LA LEY DE JURISDICCIONES
DE 1906.- 8.1. Cambios en el partido liberal y aumento de la represión contra los
diarios catalanes.- 8.2. La adopción de una ley opresiva bajo el mandato liberal.-
IX.- CONSIDERACIONES FINALES.- X.- BIBLIOGRAFÍA.
Resumen: Durante la Restauración Borbónica, el Ejército fue clave en el
reconocimiento efectivo de la libertad de imprenta. A lo largo de los años, el
estamento castrense llevó a cabo una serie de actuaciones dirigidas a restringir la
libre información y opinión de los periódicos, especialmente si éstos trataban de
cuestiones militares. La competencia a la hora de juzgar los delitos de imprenta
cometidos por civiles era uno de los pocos asuntos que escapaban de la intervención
del Ejército. Con el objetivo de presionar al gobierno y conseguir controlar las
ofensas a las militares difundidas por la prensa española, el Ejército utilizó distintos
mecanismos y consiguió que la balanza respecto al conicto de jurisdicciones se
inclinara nalmente a favor del estamento castrense con la aprobación de la Ley de
Jurisdicciones en 1906.
María López de Ramón
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Abstract: During the Bourbon Restoration, the Spanish Army played a key role
in the effective recognition of freedom of the press. Over the years, the military
authorities carried out a series of actions aimed at restricting free information
and opinion in newspapers, especially if they dealt with military matters. The
competence to judge printing offences committed by civilians was one of the few
matters that escaped the army’s intervention. In order to put pressure on the
government and control offences against the army that were spread by the Spanish
press, the military power used different mechanisms and nally managed to tip the
balance of the conict of jurisdictions in favour of the military with the approval of
the Law of Jurisdiction in 1906.
Palabras clave: Poder militar, Libertad de prensa, Ejército, periódicos, censura,
Ley de Jurisdicciones.
Key Words: Military power, Freedom of the press, Spanish Army, Newspapers,
censorship, Law of Jurisdiction.
I. INTRODUCCIÓN
La inuencia del poder militar en el reconocimiento real y efectivo de la libertad
de prensa en España durante la época de la Restauración borbónica es innegable.
En este período el derecho a emitir libremente las ideas y opiniones por medio de la
imprenta estaba garantizado por el artículo 13 de la Constitución de 1876 que señalaba
que “Todo español tiene derecho: de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de
palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante,
sin sujeción a la censura previa”. A pesar del reconocimiento constitucional de este
derecho fundamental, Cánovas del Castillo, líder del partido conservador, impuso una
política de imprenta que se formuló a partir de un esquema de “masas neutras” en la
que los ciudadanos eran guiados por el Estado, y la opinión de éstos era despreciada
o silenciada. Entre las medidas que se impusieron durante estos primeros años se
encontraban técnicas como la censura o el depósito pr evio, así como las penas de
suspensión y supr esión de los periódicos. Este sistema quedó completado con la
aprobación de la Ley de 1879, que otorgaba al Estado el poder para controlar las
publicaciones periódicas, con el propósito de defender al régimen monárquico. La
norma conservadora reconocía una amplia lista de delitos cometidos por medio de la
prensa, de los que tenían competencia los jueces especiales de imprenta, que eran
elegidos directamente por el gobierno, poniendo en entredicho la imparcialidad e
independencia de las decisiones judiciales.
A partir de la constitución del gobierno liberal liderado por Sagasta en 1881,
se evidenció la voluntad de cambio existente respecto a la libertad de prensa con
una serie de medidas que iban orientadas al reconocimiento del derecho a emitir
libremente las ideas por medio de la imprenta. Finalmente, el ejecutivo liberal
aprobó la Ley de Policía y de Imprenta de 26 de Julio de 1883, que, desde el punto
de vista normativo, marcó el momento de plenitud de la libertad de prensa en
EL PODER MILITAR Y SU INFLUENCIA EN LA LIBERTAD DE PRENSA...
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la historia del constitucionalismo español. Entre las múltiples novedades de la
norma, hay que destacar que se puso n denitivamente a la jurisdicción especial,
dependiente del gobierno, sometiendo todos los delitos cometidos por medio de la
imprenta al Código Penal y a los tribunales ordinarios. Con la aprobación de la
nueva ley se terminó, también, con la licencia previa para editar periódicos y con la
gura del depósito previo, en lo que respecta a la publicación de estos, exigiéndose
una simple comunicación a la autoridad correspondiente.1
Para calibrar la verdadera ecacia de este derecho fundamental, hay que
analizar la misma en su vertiente práctica, teniendo en cuenta todos los poderes
que sustentaban el nuevo régimen moderado liberal recién instaurado. Además
del control ejercido por los distintos gobiernos, conservador y liberal, que se
fueron alternando en el poder gracias a las técnicas del encasillado y pucherazo
propias del período, durante la Restauración Borbónica cobró especial importancia
la intervención informativa por parte de las autoridades militares, que fueron
constriñendo cada vez más la libertad de imprenta. Con la rme determinación de
lograr que todas las ofensas vertidas en los periódicos y demás cuestiones militares
fueran competencia exclusiva de ellos, y así preservar su amplia autonomía
respecto al poder civil, el estamento castrense llevó a cabo una serie de actuaciones
tras la aprobación de la Ley de 1883, dando comienzo al conicto entre ambas
jurisdicciones. Éste culminó con la aprobación de una nueva legislación, la Ley de
Jurisdicciones, que inuyó de manera determinante en el reconocimiento efectivo
de la libertad de imprenta.
II. DEL PROYECTO CIVIL CANOVISTA AL MILITARISMO IMPERANTE A FINA-
LES DEL SIGLO XIX
Entre los propósitos perseguidos por Cánovas del Castillo, al asumir el poder
en 1874, se encontraba acabar de forma denitiva con los pronunciamientos
militares característicos de años anteriores, y así conseguir la estabilidad del
régimen moderado liberal recién instaurado. Con este objetivo, el líder conservador
ideó un sistema en el que la institución militar tenía la capacidad de gestionar
sus propios asuntos, coordinándose con el resto de los poderes públicos del
Estado a través de la gura del Rey, jefe supremo del Ejército. Esta alianza entre
la milicia y la monarquía constituía la base de la Restauración Borbónica, en la
que el poder militar se identicaba con el sistema político, y asumía los intereses
nacionales como propios. Sin embargo, esta cticia separación de parcelas entre el
poder civil y el militar no se materializó en la práctica, dándose con frecuencia el
remplazo entre ambas administraciones en importantes esferas nacionales. Para
Fernández Almagro, Cánovas no quiso prescindir de la intervención militar,2 como
1 Para ampliar la información se puede consultar: López de Ramón, M., La construcción histórica
de la libertad de prensa: Ley de Policía e Imprenta de 1883, Dykinson, Madrid, 2016.
2 Fernández Almagro, M., Historia Política de la España contemporánea, Alianza, Madrid, 1972.
p.239.

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