STSJ Galicia , 28 de Abril de 2005

PonenteJULIO CESAR CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL
ECLIES:TSJGAL:2005:869
Número de Recurso4186/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0004186 /1999 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 288/2.005 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.- PTE. DON JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ En la ciudad de A Coruña, a veintiocho de abril de dos mil cinco.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0004186/1999 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por "COFRADÍA DE PESCADORES DE CEDEIRA", representado por D. LUIS SÁNCHEZ GONZÁLEZ y dirigido por D. RAMÓN SABIN SABIN, contra Orden de la Consellería de Pesca de 23-12-98, por la que se aprueba el Plan de Explotación General Mariquero para el año 1999 (DOG n° 57 de 5-1-99). Es parte como demandada la CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA y actúa como codemandado la ASOCIACIÓN AFECTADOS EN CEDEIRA POR REPARTO COSTA y COFRADÍA PESCADORES INSTRA.

SRA. DEL CARMEN DE CARIÑO representados por D JOSÉ ANTONIO CASTRO BUGALLO y Dña. MARÍA FARA AGUIAR BOUDIN y dirigidos por D. MANUEL JOSÉ ARIAS EIBE y D/ña. RAMÓN-JOAQUÍN ALVAREZ MARÍAS. La cuantía del recurso es indeterminada

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la parte codemandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

CUARTO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día veintiuno de abril de 2005.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Cofradía de Pescadores de Cedeira recurre en este juicio contra la Orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de la Xunta de Galicia de 23 de diciembre de 1998, aprobatoria del Plan de Explotación General Marisquera en la comunidad autónoma para el año 1999, en cuanto atribuían a algunas normas del mismo, sobre todo las relacionadas con las autorizaciones para la pesca del percebe en el artículo 5 de tal disposición de carácter general, un contenido contrario a sus intereses, en cuanto no se permitía a los miembros de tal entidad ejercer el derecho de pesca de piezas de esa especie en una zona próxima al Cabo Ortegal, en la que, aún no perteneciendo al ámbito territorial de su Cofradía, - lo que incluso se señalaba como algo en discusión -, habían venido haciendo desde siempre, de acuerdo con los Planes de marisqueo convenidos ininterrumpidamente con las Cofradías vecinas, tanto hacia el norte como hacia el sur, singularmente con la Cofradía de Cariño,...

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