Resolución de 1 de octubre de 1990, de la subsecretaría, por la que se dictan instrucciones sobre la Gestion del personal perteneciente a las Matronas de La Dirección general de la Guardia Civil.

MarginalBOE-A-1990-24352
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

Excelentísimos señores:

El personal denominado Matronas de Primera y de segunda de La Dirección general de la Guardia Civil, afectó a dicho cuerpo por La Ley de 15 de marzo de 1940, fue clasificado cómo titular de plazas no escalafonadas por el Decreto 1436/1966, de 16 de junio, reconociendo con ello el carácter funcionarial de su Relacion de servicios con la Administración del Estado, y quedando sometido al régimen general establecido por La Ley Articulada de Funcionarios Civiles del estado, de 7 de febrero de 1964, y demás Disposiciones que la modifican o desarrollan.

A su vez, la declaración que de dichas Matronas hizo el Real Decreto 1126/1986, de 6 de junio, cómo plazas a extinguir en función de lo dispuesto en la Disposición adicional Primera de La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública, no afectó al régimen legal aplicable a las mismas.

Por otra parte, la provisión de Puestos de trabajo efectuada mediante las Pruebas convocadas por la resolución 722/38302/1987, de 30 de abril, de la subsecretaría de defensa, hace necesario dictar unas instrucciones generales, cuya difusión asegure el conocimiento exacto de cuál es el régimen general de personal de las Matronas del cuerpo de la Guardia Civil según la legislación vigente.

En otro orden de cosas, procede incluir en el mismo Texto la determinación de su jornada laboral, previó acuerdo de La Secretaria de estado para la Administración Pública.

En su virtud, está subsecretaría del Ministerio del interior, de conformidad con el informe de La Secretaria de estado para la Administración Pública, de fecha 20 de Julio de 1990, ha tenido a bien dictar las siguientes instrucciones:

Primera. El régimen de personal de las Matronas del cuerpo de la Guardia Civil está constituido por el establecido con carácter general en La Ley Articulada de Funcionarios Civiles del estado, de 7 de febrero de 1964, modificada por La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública, asi cómo en las restantes leyes y reglamentos que las modifican y desarrollan.

Segunda. De conformidad con lo dispuesto en la instrucción de 21 de diciembre de 1983, de La Secretaria de estado para la Administración Pública, y habida cuenta del régimen retributivo de las Matronas del cuerpo de la Guardia Civil, su...

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