Perspectiva legal del manejo de embriones supernumerarios en Italia. Soluciones prácticas de Derecho comparado

AutorLic. Sara Dalla Costa
CargoUniversidad de Deusto / Instituto Bernabeu Italia (Venecia, Italia)
Páginas45-83
D octrina / Article s
Perspectiva legal del manejo de
embriones supernumerarios en Italia.
Soluciones prácticas de Derecho
comparado
Legal perspective on the management of
supernumerary embryos in Italy. Practical
comparative law solutions
Lic. Sara Dalla Costa
Universidad de Deusto / Instituto Bernabeu Italia (Venecia, Italia)
DOI: 10.14679/2287
Sumario / Summary: 1. Los embriones en los tratamientos de procreación
médicamente asistida. 2. La legislación nacional italiana. 3. Embriones sobrantes,
residuales y abandonados: definiciones. 4. La tutela de los embriones sobrantes en la
legislación italiana. 4.1. Las líneas guías ministeriales como instrumento de gestión.
4.2. Implementación de las primeras líneas guías (Decreto Ministerial de 21 julio
2004). 4.3. Posibles usos de los embriones sobrantes: una perspectiva de Derecho
comparado. 5. Conclusiones. 6. Bibliografía. 7. Jurisprudencia.
Resumen / Abstract: Los avances en el ámbito de la medicina reproductiva
han situado en un lugar destacado una nueva entidad: el embrión humano. La
reconstrucción de su identidad jurídica reviste una importancia primordial en aras
de encontrar soluciones a una de las cuestiones más sensibles que actualmente
impulsan el debate en el contexto italiano, a saber, el destino de los embriones
supernumerarios. La presente contribución realiza una sucinta revisión de las
aportaciones efectuadas por la doctrina y la jurisprudencia tanto a nivel nacional
como europeo en relación con este asunto, para posteriormente ahondar en algunas
propuestas de carácter práctico, analizando sus potencialidades y aspectos críticos.
The advances in the field of reproductive medicine have placed a new entity at
the forefront: the human embryo. The reconstruction of its legal identity assumes
paramount importance in the pursuit of finding solutions to one of the most
Rev Der Gen H Núm. 58/2023: 45-83
SARA DALLA COSTA
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sensitive issues currently driving the debate in the Italian context, namely, the fate
of supernumerary embryos. This contribution provides a concise review of the
contributions made by doctrine and jurisprudence, both at the national and European
levels, concerning this matter. Subsequently, it delves into some practical proposals,
analyzing their potentialities and critical aspects.
Palabras clave / Keywords:
Reproducción medicamente asistida, embrión humano, embriones sobrantes,
embriones abandonados, embriones supernumerarios.
Assisted reproductive technology, human embryo, surplus embryos, abandoned
embryos, supernumerary embryos.
1. Los embriones en los tratamientos de procreación médicamente
asistida
La investigación sobre el estatuto jurídico del embrión, y en particular del
embrión creado mediante métodos alternativos a las técnicas de reproducción
sexual, debe ser iniciada sobre la base de una constatación: el ordenamiento
jurídico italiano carece de una disciplina específ‌i ca en torno a los embriones
y a las células reproductivas. Además, la ley italiana carece de una def‌i nición
y de un marco jurídico capaz de suplir la mencionada laguna normativa1.
Las escasas disposiciones relacionadas con la creación, uso y tratamiento
de dichas células se encuentran recogidas en la ley que establece las normas
en materia de procreación médicamente asistida, la Ley del 19 de febrero
de 2004, n. 40, así como en la regulación general sobre donación de células
y tejidos2. Dicha ley ha sido literalmente golpeada por parte de diferentes
sentencias emitidas por el Tribunal Supremo y Constitucional italiano, lo cual
dif‌i culta la labor de médicos, biólogos, genetistas y de todos los profesionales
del sector que tienen que moverse en la incertidumbre3.
1 C.M. Mazzoni-M. Piccinni, La persona f‌i sica, en ‘Instituciones de derecho privato, G.
Iudica- P. Zatti, Milano, 2016, p. 79.
2 ley 19 febbraio 2004, n. 40. “Norme in materia di procreazione medicalmente
assistita” en https://www.gazzettauff‌i ciale.it/eli/id/2004/02/24/004G0062/sg; Decreto
legislativo 25 gennaio 2010, n. 16 Attuazione delle direttive 2006/17/CE e 2006/86/CE,
en https://www.trovanorme.salute.gov.it/norme/dettaglioAtto?id=32300
3 V. ex multis Corte costituzionale - sent. 84/2016: legge 40/2004 e divieto di ricerca sugli
embrioni; Corte costituzionale - sent. 162/2014: illegittimità del divieto di fecondazione
eterologa; Corte Europea dei Diritti dell’uomo - Parrillo c. Italia: divieto di ricerca sugli
embrioni; Corte costituzionale - sent. 229/2015: procreazione medicalmente assistita e
diagnosi genetica preimpianto; Corte costituzionale - sent. 84/2016: legge 40/2004 e
divieto di ricerca sugli Embrioni.
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PERSPECTIVA LEGAL DEL MANEJO DE EMBRIONES SUPERNUMERARIOS EN ITALIA
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Antes de hablar de embriones sobrantes, es prioritario dar una def‌i nición
y explicar el procedimiento de creación del embrión, con el f‌i n de apreciar si
y de qué manera el legislador italiano ha intentado proteger la controvertida
categoría de embriones.
La expresión “Procreación Médicamente Asistida”4 (en adelante, PMA)
indica genéricamente el conjunto de prácticas funcionales para la generación
de la vida humana a través del uso de modelos diferenciados de tratamiento
“de pertenencia médica”5. Específicamente, las técnicas mencionadas
consisten en intervenciones destinadas a determinar la especialización de
las células reproductoras y, al f‌i nal de la fecundación, a la formación de uno
o más embriones para su transferencia en el útero. Con el llamado “embrio
transfer” y la adhesión a la pared uterina, el procedimiento puede conducir
al inicio de la eventual gestación.
La medicina reproductiva suele distinguir las técnicas de I, II y III nivel.
Dentro del ámbito de las técnicas de nivel I, las cuales se distinguen por su
menor complejidad en términos de procedimientos, se encuentra la técnica
de inseminación artif‌i cial (IUI). Esta técnica se def‌i ne como la introducción
mecánica de los gametos masculinos en el aparato reproductor femenino,
con el objetivo de facilitar la fertilización (FIVET). Cuando nos referimos a las
técnicas de segundo y tercer nivel, nos estamos ref‌i riendo a procedimientos
más complejos, como por ejemplo la Fertilización In Vitro (FIV) con Inyección
Intracitoplasmática de Espermatozoides (ICSI) y la Gamete Intrafalopiana
Transfer (GIFT).
Estas metodologías se desglosan, de manera resumida, en la realización
de la fertilización fuera del cuerpo humano, conocida como fertilización in
vitro, la cual puede involucrar la inyección de espermatozoides directamente
en el óvulo mediante la técnica de ICSI. Además, también se incluye la
transferencia de gametos en las trompas de Falopio o la técnica obsoleta
de transferencia intratubárica de cigotos o embriones. En resumen, el pro-
cedimiento se caracteriza por varias fases denominadas punción ovo citaría,
inseminación, fecundación, evaluación cualitativa de los embriones obtenidos
en cultivo y, f‌i nalmente, la mencionada transferencia.
4 N. Riva, Diritti e procreazione medicalmente assistita. Un esame della normativa
italiana, Roma, 2012, pp. 15-18.
5 Comité Nacional de Bioética, Técnicas de reproducción asistida, 17 de junio de 1994,
en www.bioetica.governo.it, p. 9.

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