La permuta de suelo por edificación futura. Entrega y transmisión de la propiedad en el sistema del Código Civil», de Manuel Espejo Lerdo de Tejada

AutorMaría Eugenia Serrano Chamorro
CargoCatedrático de Escuela Empresariales. Derecho Civil. Universidad de Valladolid
Páginas1812-1814

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La construcción de nuevas viviendas se ha convertido en un proceso económico y social de acusada dinamicidad. Las nuevas técnicas de gestión económica presionan sobre el derecho, solicitando el reconocimiento jurídico de nuevos bienes, actos y relaciones. Si el derecho no responde a las nuevas exigencias económicas, las instituciones jurídicas envejecen y se desechan. En este proceso interesa destacar la intervención creciente de los propietarios de viviendas y de suelo en el proceso de su construcción.

El boom inmobiliario que hemos tenido durante muchos años en nuestro país ha propiciado que los propietarios del suelo o del inmueble a construir, se lancen a celebrar contratos de distinto tipo, pero siempre con la misma finalidad, cual es obtener unos pisos a cambio de la aportación de suelo realizada. Durante varios años esta figura carecía de regulación expresa en nuestro derecho y se encajaba en la modalidad de permuta de cosa futura, lo que acarreaba una serie de problemas que se podían encontrar en las múltiples sentencias de nuestros tribunales, al ser un contrato con alto valor pecuniario, se suele decir que la compra de un piso es el bien más caro que una persona compra a lo largo de su vida, lo que refleja el interés particular.

Hoy en día, a pesar de la crisis de nuestro país, y más en concreto del sector inmobiliario, esta modalidad se sigue utilizando, y sus problemas siguen existien-

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do, de ahí el interés en saber las cuestiones que debemos manejar y la modalidad de celebración del contrato que más ventajas puedan convenir.

Ello motiva que surjan en la esfera jurídica, una amplia gama de relaciones contractuales que se otorgan por el que es propietario de un solar y carece de los medios económicos para edificar o bien no quiere convertirse en constructor, y aquella otra persona que tiene estos últimos o es técnico en la edificación, y en cambio, carece del capital para adquirir un solar.

El libro que tengo ante mí pretende abarcar la modalidad práctica tan utilizada y conveniente para las partes implicadas, pero lo hace desde uno de sus problemas más relevantes, cual es la transmisión de la propiedad.

Su título puede inducir a confusión porque habla de permuta, quizá porque sea una de las denominaciones más utilizadas por nuestra doctrina y jurisprudencia, pero ya en sus primeras páginas nos habla de cesión, comunidad... Es más, nos dice: «en este contrato (se refiere al contrato en el que sobre el...

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