STSJ La Rioja , 21 de Enero de 2003

PonenteJESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS
ECLIES:TSJLR:2003:28
Número de Recurso614/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

En la ciudad de Logroño a 21 de enero de 2003.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. José Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Iltmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, la siguiente:

SENTENCIA N° 19 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta sala bajo el número 614/2001 y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario a instancia de Don Jorge , representado por su procuradora Dª Mónica Norte Sáinz y asistida por su letrado D. Juan Carlos González Zorzano, siendo demandado el MINISTERIO DEL INTERIOR, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado, recurso cuya cuantía se estimó INDETERMINADA.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el 1 de diciembre de 2001 se interpuso ante esta sala y en nombre de Don Jorge , recurso contencioso-administrativo contra resolución del Ministerio del Interior de fecha 1 de octubre de 2001 por la que se deniega licencia de armas al recurrente.

SEGUNDO

Admitido a trámite dicho recurso, se recabó, el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual se confirió traslado a la parte recurrente para que fomulara la demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el día 16 de marzo de 2002, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO que se dicte sentencia en su día declarando no ajustada a derecho la resolución que se recurre, declarando procedente la concesión de la licencia solicitada por mi mandante, con imposición de costas causadas en este recurso".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación de la misma.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, señalándose, para...

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