SAP Almería 138/2003, 12 de Mayo de 2003

PonenteMARIA SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID
ECLIES:APAL:2003:700
Número de Recurso129/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución138/2003
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA NUMERO 138/03

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

Dº. JESUS MARTINEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID

En la Ciudad de Almería, a 12 de Mayo de 2003

La Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo número 129/03, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia de Purchena seguidos con el número 136/02, sobre condena de hacer entre partes, de una, como Apelante Agustín y de otra, como Apelada Carlos Manuel y Valentina , representada la primera por el Procurador D. Jose Juan Martinez Castillo y dirigida por el Letrado D.Salas Marin y la segunda representada por el Procurador D. Isabel Martinez Quiles y dirigida por el Letrado D.Jose Torres Martinez .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Purchena , en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 12 de Diciembre de 2002 por la que desestimando la demanda interpuesta absolvia a los demandados de los pedimentos de la misma imponiendo a cada una de las partes las costas causadas a su instancia y las comunes por mitaddada la razonabilidad de ambas posiciones.

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte actora se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia por la que se estime integramente el suplico de la demanda con imposicion de las costas de la primera instancia a la demandada. Por la parte demandada se interpuso recurso de oposicion solicitando la integra confirmacion de la sentencia impugnada con imposicion de las costas de esta alzada a la parte apelante.

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución.

A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia señalandose el dia 12 de Mayo de 2003 para votacion y fallo.

QUINTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia tras considerar en su fundamento segundo que la problematica de litis debia ser abordada desde la perspectiva del art 575 CC por tratarse de daños ocasionados por paredes o elementos medianeros. Frente a tal pronunciamiento insiste la actora en esta alzada en la naturaleza de la accion ejercitada y la eeronea conclusion de la juzgadora. Del analisis de la resolucion impugnada resulta sin duda en relacion con los pedimentos de litis concretados en la demanda y contestacion una incongruencia en cuanto que reconocidos los daños que a su vez son admitidos por las partes llegando incluso la demandada a manifestar su conformidad con reparar los mismos a la mitad, la sentencia lejos de abordar la procedencia de satisfaccion unica de la demandada o proporcional en su caso tras examinar la existencia de responsabilidad en los demandados por falta de mantenimiento de su vivienda a los efectos del art 1907 cc,omite cualquier pronunciamiento por tratarse de una "communio incidens". El caracter medianero o privativo de los muros divisorios de las viviendas en nada afectarian salvo en su caso a la hora de contribuir a su reparacion, al pronunciamiento de la sentencia que forzosamente habria de recaer en la...

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