SAP A Coruña 119/2008, 11 de Marzo de 2008

PonenteJUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA
ECLIES:APC:2008:613
Número de Recurso164/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2008
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00119/2008

ROLLO: RECURSO DE APELACION 0000164 /2007

SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA

DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA

D. RAFAEL JESUS FERNANDEZ PORTO GARCIA

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En A CORUÑA, a once de Marzo de dos mil ocho.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de DIVORCIO núm. 23/04, que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE FERROL, en los que es parte como APELANTE: D. Franco, representado por el/a Procurador/a Sr. RODRÍGUEZ SIABA y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. BARRO DÍAZ; y de otra como APELADOS: Dª Elisa y EL MINISTERIO FISCAL, representada por el/a Procurador/a Sra. PREGO VIEITO y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ; versando los autos sobre DIVORCIO.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2006, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Ferrol, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador D. José Francisco Querol Orozco, sustituido por el Procurador D. Alejandro Cortizas Cendán, en nombre y representación de D. Franco, contra Dª Elisa, representada por la Procuradora Dª Ana Belén Seco Lamas, se decreta la disolución del matrimonio formado por ambos por divorcio, con todos los efectos legales a ello inherentes, manteniéndose las medidas acordadas en sentencia de separación matrimonial de 13 de noviembre de 1998, si bien se modifica lo relativo a la pensión de alimentos a favor de los hijos del matrimonio, suprimiéndose la correspondiente a Mercedes, es decir disminuyendo en sesenta euros mensuales (60 euros) la que venía obligado a pagar según sentencia anterior, y disminuyendo en 30 euros la correspondiente a los meses de diciembre y julio; igualmente, se modifica la cuantía correspondiente a la pensión compensatoria de Dª Elisa, fijándose ésta en ciento veinte euros mensuales (120 euros); en ambos casos con aplicación de los incrementos anuales que corresponda por la variación del IPC, con efecto de 1 de enero, y debiendo abonarse las pensiones dentro de los cinco primeros días de cada mes.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las partes interesadas.

Comuníquese esta resolución, una vez firme, al Registro Civil en que se halle inscrito el matrimonio de los solicitantes."

PRIMERO

Interpuesta la apelación por D. Franco, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso el/a Procurador/a Sr. Rodríguez Siaba.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia,...

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