SAP Madrid 213/2003, 14 de Octubre de 2003
Ponente | ALFONSO CARRION MATAMOROS |
ECLI | ES:APM:2003:14189 |
Número de Recurso | 181/2003 |
Número de Resolución | 213/2003 |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
ALFONSO CARRION MATAMOROSJUAN MANUEL DE LA CRUZ MORAMANUEL GUTIERREZ SANCHEZ-CARO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25 BIS
MADRID
SENTENCIA: 00213/2003
Fecha: 14 OCTUBRE DE 2003
Rollo: RECURSO DE APELACION 181 /2003
Ponente: ALFONSO CARRION MATAMOROS
Apelante: Angelina
PROCURADOR: ALMUDENA GIL SEGURA
Apelado: Carlos Alberto
PROCURADOR: PILAR IRIBARREN CAVALLE
Autos: MENOR CUANTIA 340/99
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 51 DE MADRID
Ilmos. Sres. Magistrados:
JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA
MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO
ALFONSO CARRION MATAMOROS
En MADRID , a catorce de octubre de dos mil tres .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 - BIS de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de MENOR CUANTIA 340 /1999 , procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 51 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 181 /2003 , en los que aparece como parte apelante D./Dª. Angelina representado por el/la Procurador/a D./Dª. ALMUDENA GIL SEGURA , y como apelado D./Dª Carlos Alberto representado por el/la Procurador/a D./Dª PILAR IRIBARREN CAVALLE , sobre reclamación de cantidad , y siendo Magistrado Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª ALFONSO CARRION MATAMOROS.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hechos de la resolución recurrida.
Que los autos originales núm. 340/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 51 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigésimoquinta Bis de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el/la Ilmo./a. Sr./a. D/Dª.Magistrado/a- Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 51 de Madrid se dictó sentencia con fecha 12 de marzo de 2001 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- ›Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Gil Segura en representación de Dña. Angelina y en consecuencia, debo absolver y absuelvo a D. Carlos Alberto de las peticiones deducidas en su contra. Igualmente debo estimar y estimo parcialmente la reconvención efectuada por la Procuradora Sra. Iribarren Cavalle en representación de D. Carlos Alberto y en su consecuencia debo declarar y declaro la nulidad del contrato suscrito entre las partes en lo relativo a establecimiento de pensión alimenticia a favor de la Sra. Angelina y a cargo del Sr. Carlos Alberto. Todo ello con expresa imposición de costas a la Sra. Angelina.‹
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigésimoquinta Bis señalándose para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 6 de octubre del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
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