SAP Córdoba 187/2007, 1 de Octubre de 2007
Ponente | PEDRO JOSE VELA TORRES |
ECLI | ES:APCO:2007:1613 |
Número de Recurso | 97/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 187/2007 |
Fecha de Resolución | 1 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA
SECCION Nº 3
RECURSO:Apelación de Juicio de Faltas 97/2007
Proc. Origen: Juicio de Faltas 58/2007
Juzgado Origen :JUZGADO MIXTO Nº1 DE MONTORO
Apelante:. Victor Manuel
Abogado:.CID LUQUE
S E N T E N C I A N U M. 187/07
ILMO/A. SR/A.:
MAGISTRADO
D. PEDRO JOSÉ VELA TORRES
En CORDOBA a uno de Octubre de dos mil siete
Vista en grado de apelación por el/la Ilmo./a. Sr/a. D/Dª PEDRO JOSÉ VELA TORRES, Magistrado de esta Audiencia Provincial de Córdoba Sección Tercera, el presente Rollo de Faltas nº 97/2007; en primera instancia por el Juzgado de JUZGADO MIXTO Nº1 DE MONTORO con el nº de Juicio de Faltas 58/2007 por falta de lesiones en trafico, en el que ha sido parte apelante Victor Manuel, asistido del Letrado Sr. Cid Luque, y siendo parte el Ministerio Fiscal.
Por el Juzgado de Instrucción indicado y con fecha 18 de junio de 2007, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice: "Que debo condenar y condeno a D. Victor Manuel, como responsable criminalmente de una falta de lesiones con imprudencia leve del artículo 621.3 del Código Penal, a la pena de quince días de multa a razón de seis euros por día y abono de las costas procesales, debiendo indemnizar a D. Tomás por los daños y perjuicios ocasionados en la cantidad de 3.132,47 euros, según el desglose que consta en la fundamentación jurídica de esta resolución, declarándose la responsabilidad civil de la compañía aseguradora Nacional Suiza y la responsabilidad civil subsidiaria de Dña. Carina. La cantidad objeto de indemnización mencionada devengará para el condenado la responsabilidad civil subsidiaria y la compañía de seguros los intereses reseñados en el fundamento jurídico quinto de esta resolución. Apercíbase al condenado de que en caso no pagar la multa impuesta incurrirá en responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas".
La defensa de D. Victor Manuel interpuso y formalizó por escrito recurso de apelación contra dicha sentencia, del que se dió traslado a las demás partes; sin que fuera impugnado en tiempo y forma por ninguna de ellas.
Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, fueron turnadas por reparto, incoándose el correspondiente rollo y quedando para sentencia sin señalamiento de vista.
Se aceptan los hechos probados de la sentencia recurrida.
Se aceptan parcialmente los de la resolución recurrida, en cuanto no se opongan a los que a continuación se exponen, y
El recurso de apelación se ciñe a una cuestión muy concreta, que es si la pena impuesta en la...
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