Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas

AutorJavier Gómez Gálligo
CargoConsejero-Secretario de la Revista Crítica de Derecho Inmobiliario
Páginas879-882

Page 879

Jesús GONZÁLEZ PÉREZ , Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas, Thomson-Reuters Civitas, Navarra, 2010, 766 págs.

Escribir acerca de la obra de Jesús GONZÁLEZ PÉREZ en la Revista Crítica de Derecho Inmobiliario es siempre un placer, además de una obligación moral, dada la formación registral de tan insigne administrativista, que prestigia la función de quienes somos Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

Catedrático de Derecho Administrativo, Registrador de la Propiedad, Jesús GONZÁLEZ PÉREZ , Académico de Número de la Real Academia de Jurisprudencia, y sobre todo excelente jurista, acaba de actualizar su obra Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas, un clásico que ya va por su quinta edición.

El libro realiza un estudio exhaustivo de la responsabilidad patrimonial del Estado y de los demás entes públicos; la relación jurídica obligacional derivada de los actos y omisiones determinantes de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas; el nacimiento, modificación y extinción de la responsabilidad patrimonial, y los requisitos para que concurra (lesión patrimonial, actuación administrativa, antijuridicidad, imputabilidad y causalidad); aborda también la modificación de la responsabilidad patrimonial, tanto subjetiva como objetiva; así como los procedimientos para hacerla efectiva.

Una de las cuestiones más debatidas, que es objeto de análisis en el libro, dentro de los entes sujetos a responsabilidad patrimonial, es la responsabilidad derivada de actos legislativos y de los tratados internacionales, en la que aflora un interesantísimo debate doctrinal con GARCÍA DE ENTERRÍA, que niega —al igual que lo hace GARRIDO FALLA — la responsabilidad del legislador, frente a la opinión de GONZÁLEZ PÉREZ , que la afirma en base al principio de confianza legítima, lo que conlleva la indemnización de los perjuicios ocasionados por innovaciones legislativas que den lugar a situaciones en las que el administrado confiadamente haya realizado inversiones cuantiosas esperando una contraprestación de la que se verá privado por ley. Al respecto, el autor analiza numerosísimas sentencias en las que en ocasiones se admite la responsabilidad patrimonial del Estado, como ocurre cuando la ley tiene materia expropiatoria, ha sido declarada inconstitucional o su aplicación conduzca a resultados merecedores de algún grado de compensación. Así, por ejemplo, se declararon resarcibles los perjuicios derivados de la adhesión de España a la Unión Europea en cuanto significaron supresión de cuotas de pesca; y sin embargo, la jurisprudencia no consideró sacrificios patrimoniales resarcibles la supresión del Cuerpo de Agentes de Cambio y Bolsa o la jubilación...

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