SAP Alicante 47/2008, 24 de Enero de 2008

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2008:1170
Número de Recurso618/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución47/2008
Fecha de Resolución24 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

Rollo de apelación nº 618/2007.-

Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Elda.

Procedimiento Juicio Verbal nº 641/2006.-

S E N T E N C I A Nº 47/2008

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José María Rives Seva.

Doña María Dolores López Garre.

En la Ciudad de Alicante a veinticuatro de enero de dos mil ocho.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al

margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 618/07 los autos de juicio verbal nº 641/06 seguidos en el Juzgado

de Primera Instancia nº Uno de la ciudad de Elda en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada DON

Alonso que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado/a por el/la

Procurador/ra Don/ña Pilar Follana Murcia y defendido/a por el/la Letrado Don/ña Antonio Leal Bernabeu y siendo apelado la

parte demandante DOÑA Elisa representado/a por el/la Procurador/ra Don/ña José Antonio Saura Ruiz y

defendido/a por el/la Letrado Don/ña Serafín Muñoz Sanchiz, y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de la Ciudad de Elda y en los autos de Juicio Verbal nº 641/06 en fecha 19 de junio de 2007 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Pérez Palomares, en nombre y representación de Doña Elisa frente a Don Alonso, debo acordar las siguientes medidas en beneficio de la hija de menor de edad, Maite: 1º.- La hija queda sometida a la patria potestad de ambos progenitores, atribuyéndose la guarda y custodia a la madre. 2º.- Se establece como régimen de visitas y comunicaciones con el progenitor no custodio el siguiente: fines de semana alternos, desde las 18:00 horas del viernes a las 18:00 horas del domingo, recogiendo el padre a la menor en el domicilio de la madre, y reintegrándola a su finalización. Vacaciones de verano: se dividen en dos periodos, Julio y Agosto. Los años pares elegirá los años pares y la madre los impares. Vacaciones de Navidad: divididas en dos periodos: desde el inicio de la vacación escolar hasta el 30 de diciembre, y desde el 31 de diciembre hasta el día de Reyes. Igualmente, el padre elegirá los años pares el periodo vacacional de Navidad, y la madre los años impares. Vacaciones de Semana Santa: se dividirán por mitad, eligiendo el padre los años pares el periodo vacacional y la madre en los años impares. 3º.- Se señala la cantidad de 300 euros en concepto de alimentos a favor de la hija, cantidad que el padre ingresará los primeros cinco días de cada mes en la cuenta que a dichos efectos ha señalado la madre, y que se actualizará anualmente conforme a las variaciones del IPC, debiendo abonar cada progenitor el 50% de los gastos extraordinarios que pueda ocasionar la hija. Dicha obligación de abono se devengará desde la fecha de presentación de la demanda, septiembre de...

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