STSJ Comunidad de Madrid , 13 de Mayo de 2004

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2004:6257
Número de Recurso402/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00764/2004 Recurso 402/01 SENTENCIA NUMERO 764 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Javier Eugenio López Candela Magistrados:

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez D. Miguel Ángel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos.

Dñª. Sandra González de Lara Mingo D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, a trece de mayo de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 402/01, interpuesto por la mercantil GRUPO ZAPPING COMUNICACIÓN SA, representada por el Procurador don Oscar García Cortés, contra sendas resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 6 de marzo de 2.000, confirmada en reposición por acuerdos del mismo órgano de fecha 27 de febrero de 2001. Siendo parte la Oficina Española de Patentes y Marcas, representado por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.

TERCERO

No habiéndose recibido el presente proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y Fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación el día 13 de mayo de 2004, teniendo lugar así.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso jurisdiccional la mercantil GRUPO ZAPPING COMUNICACIÓN SA, impugna sendas resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 6 de marzo de 2.000, confirmada en reposición por acuerdos del mismo órgano de fecha 27 de febrero de 2001, por las que se deniega el registro de la marca nacional núm. 2.218.597 ZAPPING COMUNICACION, para la clase 35 del Nomenclator; y la marca nacional núm. 2.218.598 ZAPPING PUBLICIDAD, para la clase 35 del Nomenclator.

SEGUNDO

La resolución del presente litigio requiere el previo análisis de los siguientes hechos:

  1. Con fecha 5 de marzo de 19997 la mercantil GRUPO ZAPPING COMUNICACIÓN SA presentó la solicitud de registro de la marca nacional núm. 2.218.597 ZAPPING COMUNICACION, para la clase 35 del Nomenclator; y la marca nacional núm. 2.218.598 ZAPPING PUBLICIDAD, para la clase 35 del Nomenclator.

  2. Publicada la solicitud de oficio se opuso el titular de las marcas nacional núm. 2.197.108 GZD GRUPO ZAPPING DISEÑO, para la clase 35 del Nomenclator; y la marca nacional núm. 2.197.109 GZD GRUPO ZAPPING DISEÑO, para la clase 42 del Nomenclator.

  3. En el expediente el solicitante presentó sendas contestaciones al suspenso el 29 de noviembre de 1.999.

  4. La...

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