La participación ambiental, la legislación chilena y el Acuerdo de Escazú

AutorGonzalo Aguilar Cavallo
CargoProfesor de Derecho Constitucional, Internacional, Ambiental y Derechos Humanos
Páginas1-47
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. XIII Núm. 1 (2022): 1 47
- Estudi -
https://doi.org/10.17345/rcda3276
LA PARTICIPACIÓN AMBIENTAL, LA LEGISLACIÓN CHILENA Y EL
ACUERDO DE ESCAZÚ1
ENVIROMENTAL PARTICIPATION, CHILEAN LEGISLATION AND ESCAZÚ
AGREEMENT
GONZALO AGUILAR CAVALLO
Profesor de Derecho Constitucional, Internacional, Ambiental y Derechos
Humanos
Universidad de Talca
gaguilar@utalca.cl
Fecha de recepción: 15 de octubre de 2021 / Fecha de aceptación: 1 de febrero de 2022
RESUMEN: Este trabajo apunta a examinar los estándares nacionales sobre la
participación ambiental y su compatibilidad con aquellos provenientes del Acuerdo
de Escazú. Nuestra visión entiende que, a pesar de los avances realizados en el
orden jurídico nacional, estos estándares deben ser actualizados a la luz de los
desarrollos recientes reflejados en el Acuerdo de Escazú. El análisis involucra no
solamente el orden jurídico positivo sino también la interpretación que han realizado
tanto la Corte Suprema como los Tribunales Ambientales en Chile.
RESUM: Aquest treball examina els estàndards nacionals sobre la participación
ambiental i la seva compatibilitat amb els que provenen de l’Acord d’Escazú. Al
nostre parer, malgrat els avenços realitzats en l’ordre jurídic nacional, aquests
estàndards han d’actualitzar-se d’acord amb els desenvolupaments recents
reflectits en aquest Acord. L’anàlisi involucra no solament l’ordre jurídic positiu, sinó
1 Este trabajo se enmarca en el Proyecto Fondecyt Regular N° 1190423: Análisis de los estándares
internacionales sobre el derecho de acceso a la información, a la participación y a la justicia
ambiental y su concreción en el derecho interno, del que el autor es investigador principal.
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també la interpretació que han realitzat tant la Cort Suprema com els Tribunals
Ambientals en Xile.
ABSTRACT: This paper aims at examining the national standards of environmental
participation and their compatibility with international standards enshrined in the
Escazú Agreement. According with our understanding, even though there has been
some progress in the national legal system, the national standards should be
updated in the light of the recent developments incorporated into the Escazú
Agreement. This analysis takes into account both the positive legal system and the
judicial interpretation coming from the Supreme Court and Environmental Courts.
PALABRAS CLAVE: derechos humanos derecho a la participación ambiental
Acuerdo de Escazú Corte Suprema Tribunales Ambientales.
PALABRAS CLAVE: drets humans dret a la participación ambiental Acord
d’Escazú Cort Suprema Tribunals Ambientals.
KEYWORDS: Human Rights Right to Access to the Environmental Information,
Public Participation in Environmental Matters Escazú Agreement Constitutional
Court Supreme Court.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. I. EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN EL ACUERDO DE
ESCAZÚ. II. EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN AMBIENTAL EN EL ORDEN JURÍDICO
CHILENO. 1. Regulación legal del derecho a la participación ambiental. 2. Regulación reglamentaria
de la participación ambiental. III. ESTÁNDARES DE PARTICIPACIÓN AMBIENTAL DE ACUERDO
CON LA JURISPRUDENCIA CHILENA. 1. Tribunal Ambiental. 2. Corte Suprema. 3. Análisis
comparativo de la jurisprudencia analizada. IV. CONCLUSIONES. V. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
Esta investigación analiza los estándares de protección del derecho a la
participación ambiental en el orden jurídico chileno bajo el prisma del Acuerdo de
Escazú. En este sentido, la pregunta general que orientará nuestra labor será ¿los
estándares sobre la participación ambiental reconocidos en el orden jurídico chileno,
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en legislación y jurisprudencia, son suficientes y concordantes con los que establece
el Acuerdo de Escazú?
Nuestra visión inicial es que, si bien se ha avanzado en la consagración del derecho
a la participación ambiental en el orden jurídico chileno, aún falta por completar y
poner dichos estándares al nivel de los desarrollos más recientes en el ámbito
internacional como es el caso del Acuerdo de Escazú.
El método utilizado a lo largo de este estudio será el de la dogmática jurídica, sin
perjuicio de complementarlo con el método de casos en aquellas partes de la
investigación que se analiza jurisprudencia. Este trabajo se encuentra dividido en
dos grandes partes. En la primera parte aborda los estándares sobre la participación
ambiental que se encuentran establecidos en el ordenamiento jurídico chileno. En
la segunda parte, se examinarán algunos ejemplos de desarrollo jurisprudencial de
estos estándares.
I. EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN EL ACUERDO DE ESCAZÚ
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el
Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo
de Escazú) consagra dentro de sus pilares tiene a los denominados derechos de
acceso ambientales (información , participación y justicia ambiental).
Este instrumento internacional vinculante fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4
de marzo de 2018. Se abrió para la firma entre el 27 de septiembre de 2018 al 26
de septiembre de 2020 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York2. El
Acuerdo de Escazú entró en vigor el 22 de abril de 2021, tras recibir 11 instrumentos
de ratificación, en conformidad con su artículo 22.
2 CEPAL, Observatorio del Principio 10 en América Latina y el Caribe. Accesible en:
https://observatoriop10.cepal.org/es/tratados/acuerdo-regional-acceso-la-informacion-la-
participacion-publica-acceso-la-justicia-asuntos>, [última consulta, 24 de mayo de 2022].

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