DECRETO 12/2003, de 8 de enero, por el que se declara de utilidad pública y de urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona regable de los términos municipales de Peramola y Bassella.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO
12/2003, de 8 de enero, por el que se declara de utilidad pública y de urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona regable de los términos municipales de Peramola y Bassella.
Los agricultores afectados por la puesta en regadío de la zona que comprende la concesión de un aprovechamiento de aguas públicas otorgada por resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de fecha 19 de mayo de 2000, conjuntamente a los ayuntamientos de Peramola y Bassella, a derivar del río Segre al embalse de Rialb, teniendo en cuenta las acusadas características de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona regable, han presentado solicitud de concentración en el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, lo que ha fundamentado la realización de un estudio sobre las circunstancias y las posibilidades técnicas que concurren en la citada zona. De este estudio se ha deducido la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria por razón de utilidad pública.
Por ello, de conformidad con lo que establece la Ley de 12 de enero de 1973, de reforma y desarrollo agrario, a propuesta del consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca, y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Se declara de utilidad pública y de urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona regable de los términos municipales de Peramola y Bassella (Alt Urgell).
2.1 El perímetro de la zona a concentrar está constituido por la parte del término de Peramola (dentro de los polígonos catastrales 4, 5, 6 y 7) y del término de Bassella (dentro del polígono catastral 1), entre las cotas 433 (embalse máximo de Rialb) y la del pie de la montaña (cota 550 a Peramola, y cota 455 a Bassella), que limita:
Al norte: con el límite de la zona de regadío de la concesión de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 19 de mayo de 2000.
Al sur: con el límite de la zona de regadío de la concesión de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 19 de mayo de 2000.
Al este: con el río Segre.
Al oeste: con el pie de la montaña que limita la zona de regadío de la concesión de la Confederación Hidrográfica del Ebro de 19 de mayo de 2000.
2.2 Este...
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