El papel actual de la protección por desempleo como mecanismo de transición de los trabajadores maduros de mayor edad hacia la jubilación

AutorJosep Moreno Gené
CargoUniversidad de Lleida
Páginas61-91
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 25 (4º Trimestre 2020)
Estudios Doctrinales ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepci ón: 7-9-2020 Fecha R evisión: 20-9-2020 Fe cha Aceptación: 28-9-20 20
Pags. 61-91
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El papel actual de la protección por desempleo como mecanismo de
transición de los trabajadores maduros de mayor edad hacia la
jubilación
1
The current role of unemployment protection as a transition
mechanism for older, mature workers reaching retirement
Resumen
Abstract
En este artículo se pretende responder a la cuestión de si
en la actualidad se ha reestablecido plenamente la
tradicional vía de transición desde la pérdida “definitiva”
del empleo d e los trabajadores maduros, especialmente,
de los de mayor edad, hasta el acceso a la pensión de
jubilación, es d ecir, aquella que consiste en c ombinar
prestación más subsidio de desempleo para mayores
(ahora) de 5 2 años y, en este caso, cuál es el papel que
corresponde desempeñar en la act ualidad a las otras
ayudas previstas por nuestro sistema de protección social
por desempleo, en especial, la renta activa de inserción y
el subsidio extraordinario por desempleo, en este
desempeño, valorando a tal efecto su utilidad, tanto para
satisfacer las necesidades económicas de los
trabajadores maduros que han perdido su empleo y no
pueden obtener otro, como para garantizar su posterior
acceso en condiciones dignas a la pensión de jubilación.
This article seeks to answer the question of whether the
traditional transition path has now been fully re-
established from the 'definitive' loss of employment of
mature workers, especially those of older age, until
accessing a pension, i.e. combining benefit plus
unemployment benefit for those (now) over 52 years old.
Then, in this case, what role should the other benefits
provided by our social protection system for
unemployment play, in particular the active insertion
income and the extraordinary unemployment benefit. In
this capacity, this article will assess their usefulness in
meeting the economic needs of mature workers who
have lost their jobs and cannot obtain another one, and in
ensuring their subsequent access to a retirement pension
under decent conditions.
Palabras clave
Keywords
trabajadores maduros; desempleo; subsidio de
desempleo; jubilación; Real Decreto-Ley 8/2019
mature workers; unemployment; un employment
benefit; retirement; Royal Decree-Law 8/2019
1. LA TRANSICIÓN DE LA PÉRDIDA “DEFINITIVA” DE EMPLEO AL ACCESO A LA
JUBILACIÓN DE LOS TRABAJADORES MADUROS
No cabe duda que los trabajadores maduros han constituido en lo s últimos años una de las
principales víctimas de un mercado de trabajo cada vez más precario y a veces excluyente, no en
vano, como muy acertadamente se ha puesto de manifiesto, en tanto que para los jóvenes el
desempleo supone básicamente un problema de inserción, cuando nos referimos a los parados
mayores de 45 años se presenta un auténtico riesgo de exclusión social. Ante los nuevos modelos de
gestión de la fuerza de trabajo, el desánimo después de una larga trayectoria laboral truncada, las
dificultades de readaptación a un nuevo puesto de trabajo y la espera resignada para poder acceder
1
Este trabajo se ha elaborado en el marco del proyecto de investigación RTI2018-097947-B-I00, concedido por el
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que lleva por título “Nuevas tecnologías, cambios organizativos y
trabajo: una visión multidisciplinar”.
2
El autor es miembro del grupo de investigación consolidado reconocido por la Generalitat de Cataluña “Social and
Business Research Laboratory” (SBRLab). Ref. 2017 SGR 1572.
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al estatuto de prejubilado, sitúan a este colectivo como el epicentro del paro de exclusión
3
. En este
sentido, todo el mundo conoce situaciones donde un trabajador después de haber dedicado muchos
años de su vida laboral “útil” a un a empresa es, no siempre de manera justificada, “expulsado” de la
misma, adentrándose en el difícil y complejo mundo del desempleo con muy pocas garantías de
rehacer su propia trayectoria laboral e integrarse nuevamente en el mercado de trabajo, como lo
prueba el hecho de que una mayoría de los desempleados maduros prolonguen su situación durante
más de dos años.
En definitiva, los trabajadores maduros, además de conformar en la actualidad un
contingente numéricamente muy signif icativo, constituyen uno de los colectivos más golpeados por
el desempleo y, en particular, uno de lo s colectivos más afectados por el desempleo de larga
duración. En consecuencia, el sistema público de protección social debe articular los mecanismos
necesarios que garanticen que los trabajadores maduros, especialmente, aquellos de menor edad
(hasta los 50/55 años), que han perdido su empleo reciban la necesaria protección que les permita
satisfacer las necesidades económicas que se derivan d e la pérdida de salario correlativa a la pérdida
de empleo, al tiempo que les permita volver a incorporarse al mercado de trabajo en el menor
tiempo po sible. Tradicionalmente, ambas finalidades se han pretendido obtener mediante la
protección por desempleo
4
.
Ahora bien, siendo estos los objetivos prioritarios que deben perseguirse con la protección
por desempleo de los trabajadores maduros, resulta obvio que en no pocas ocasiones, especialmente
cuando se trata de trabajadores de mayor edad o de edad avanzada (a partir de 50 y, muy
especialmente, a partir de los 55 años de edad), el segundo objetivo, es decir, el retorno al mercado
de trabajo, es difícil, por no decir de casi imposible satisfacción, de modo que cuando la p érdida de
un empleo se produce a partir d e determinadas edades y ante las insalvables dificultades que en
ocasiones plantea la reincorporación de estos trabajadores al mercado de trabajo, debe plantearse la
posibilidad de sustitu ir o, en cualquier caso, postergar, el prioritario o bjetivo de reincorporar al
trabajador al mercado de trabajo, po r el objetivo de acompañarlo de un modo digno desde esta
pérdida “definitiva” del empleo hasta el acceso a la jubilación, debiéndose garantizar además q ue la
protección por jubilación que finalmente se obtenga no resulte excesivamente castigada por la
pérdida de empleo “definitiva” del trabajador maduro acaecida con anterioridad al cumplimiento de
la edad ordinaria de jubilación. A tal efecto, de nada serviría acompañar al trabajador maduro que ha
perdido de un modo “definitivo” su empleo hasta que el mismo pueda acceder a la protección por
jubilación si después ésta fuera a tod as luces insuficiente para satisfacer sus necesidades básicas
5
.
En definitiva, la irrupción del colectivo de trabajadores maduros que se ve expulsado
3
Vid. SANTOS ORTEGA, J. A.; MONTALBÁ OCAÑA, C. y MOLDES FARELO, R.: Paro, Exclusión y Políticas d e Empleo.
Aspectos sociológicos, Tirant lo Blanch, Valencia, 2004, págs. 82 y 83. Vid. también, ROJO TORRECILLA, E.: “Las
políticas de empleo. Especial a tención a las políticas de inserción para los colectivos más desfavorecidos”, Relaciones
Laborales, núm. 1, 1998.
4
Como pone de manifiesto SÁNCHEZ-URÁN AZAÑA, Y.: “Trabajadores de “edad avanzada”: empleo y protección social”,
Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, núm. 33, 2001, pág. 232, cuando se produce el cese precoz en la
actividad de los trabajadores de edad avanzada antes de la jubilación el mecanismo p rotector y “reparador” del mismo
surge de la acción protectora por desempleo, no de la jubilación. En este punto, la autora considera que la acción
protectora por desempleo debe promover la reinserción profesional, lo cual únicamente se consigue si el Sistema de
Seguridad Social combina la garantía de ingresos por cese involuntario del empleo con acciones específicas de formación,
perfeccionamiento, orientación, reconversión y reinserción profesional a favor de trabajadores desempleados que, por su
edad, tienen mayores dificultades de ocupación.
5
En esta dirección, VICENTE PALACIO, A.: “Tránsitos y conexiones entre el empleo y la Seguridad Social: especial
referencia al subsidio de desempleo para mayores de 55 años”, Trabajo, núm. 30, 2014, pág. 55, indica que “la cada vez
mayor discontinuidad en la prestación de servicios provocada por contratos temporales o por extinciones de los contratos
indefinidos, especialmente cuando afecta a los colectivos de mayor edad, está revelando sus graves consecuencias en
materia de seguridad social: suspensiones de contratos de trabajo, las reducciones de jornada, el incremento del trabajo
a tiempo parcial y temporal, los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o en general,
cualquier extinción contractual, incluyendo los despidos improcedentes (…) son todas circunstancias que afectan a los
derechos actuales en materia de Seguridad Social pero también, y lo que sin duda es más grave, a las pensiones previstas
para afrontar con dignidad las últimas etapas de la vida”.

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