ACUERDO entre el Reino de España y la República de Panamá sobre cooperación en materia de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, hecho «ad referendum» en Panamá el 13 de febrero de 1998.
Fecha de Entrada en Vigor | 17 de Agosto de 1999 |
Marginal | BOE-A-1999-15792 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Rango de Ley | Acuerdo |
ACUERDO entre el Reino de España y la República de Panamá sobre cooperación en materia de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, hecho 'ad referendum' en Panamá el 13 de febrero de 1998.
ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE PANAMÁ SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS
El Reino de España y la República de Panamá, en adelante denominadas las Partes Contratantes,
Conscientes de que la cooperación bilateral resulta fundamental para hacer frente a los problemas derivados del uso indebido y el tráfico ilícito de drogas,
Teniendo en cuenta las recomendaciones contenidas en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, hecho en Viena el 20 de diciembre de 1988,
Deseando cooperar mediante un Acuerdo bilateral al objetivo mundial de la prevención, control y eliminación del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, Acuerdan lo siguiente:
La cooperación en materia de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas se llevará a cabo:
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Mediante el establecimiento de un intercambio permanente de información y documentación.
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Mediante la elaboración de proyectos y programas.
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Mediante la asistencia técnica y científica en la realización de todos los proyectos y programas.
Las materias en las que se desarrollará la cooperación en materia de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas serán:
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En materia de prevención:
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El intercambio de propuestas para el desarrollo de programas experimentales.
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Selección de programas prioritarios en el campo de la prevención.
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Elaboración de programas generales de promoción de la salud y educación para el bienestar de los ciudadanos y especialmente de la juventud.
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En materia socio-sanitaria:
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Diseño del papel de los distintos servicios terapéuticos en la oferta asistencial y necesidades que se derivan de los mismos (servicios de desintoxicación, centros ambulatorios, centros de día, comunidades terapéuticas, etc...).
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Tipología de...
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