SAP Huesca 230/2002, 14 de Octubre de 2002

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Octubre 2002
Número de resolución230/2002

Sentencia Apelación Civil Número 230

PRESIDENTE*

D. SANTIAGO SERENA PUIG*

MAGISTRADOS*

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE*

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO*

*

En Huesca, a catorce de octubre del año dos mil dos.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Ejecutivo seguidos bajo el número 464/2000 ante el Juzgado de Primera Instancia (hoy Nº Uno) de Monzón, que fueron promovidos por Rodolfo , quien actuó como demandante dirigido por el Letrado don Salvador Sánchez Pérez, contra Juan Pedro , quien intervino como demandado defendido por el Letrado don Francisco Javier Crespo Jordán, sin que ninguna de las partes se haya personado con Procurador habilitado para representarla ante este Tribunal. Se hallan dichos autos pendientes ante esta Sala en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 359 del año 2001 e interpuesto por el demandante Rodolfo . Actúa como Ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO, quien expresa el parecer de la Sala sobre el pronunciamiento que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la Sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó con fecha quince de septiembre de dos mil uno la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = Que, estimando íntegramente la excepción formulada por la procuradora Sra. Pérez Caudevilla, en representación del demandado D. Juan Pedro , en el juicio ejecutivo seguido a instancia de D. Rodolfo , representado por la procuradora Sra. Company Abenoza, debo declarar y declaro la nulidad del juicio, debiendo cada parte pagar las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, el demandante Rodolfo dedujo recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante por veinte días para que lo interpusiera, lo cual efectuó dicha parte en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó que se dicte Sentencia por la que se mande seguir la ejecución despachada y se condene al demandado a abonar la cantidad de doscientas mil pesetas de principal, más los réditos de la obligación impagada desde el vencimiento del pagaré, calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos, así comoa las costas del presente procedimiento, continuando la ejecución hasta proceder a la subasta de los bienes embargados y, con su producto, hacer pago al ejecutante de las cantidades reconocidas en Sentencia. A continuación, el Juzgado dio traslado al demandado Juan Pedro para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable, en cuyo trámite el apelado formuló en tiempo y forma escrito de oposición por el que interesó la desestimación del recurso y la confirmación de la Sentencia, la cual fue al mismo tiempo impugnada por el expresado demandado en el sentido de interesar la condena al actor en las costas de primera instancia.

CUARTO

Seguidamente, el Juzgado remitió los autos a este Tribunal, en...

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