SAP Orense 307/2002, 7 de Octubre de 2002

PonenteFERNANDO ALAÑON OLMEDO
ECLIES:APOU:2002:856
Número de Recurso220/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución307/2002
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

SENTENCIA N: 307

En OURENSE, a siete de Octubre de dos mil dos.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de OURENSE actuando como Tribunal Civil, los Autos de JUICIO EJECUTIVO 587 /2000, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO TRES de OURENSE, a los que ha correspondido el Rollo de Apelación 220 /2002, en los que aparece como parte apelante D. Donato representado por la procuradora Dª. MARIA-CARMEN SILVA MONTERO, y asistido por el Letrado D. BERNARDO MENENDEZ FERNÁNDEZ, y como parte apelada D. Imanol representada por la procuradora D. SONIA OGANDO VÁZQUEZ, y asistida por el Letrado D. EDUARDO VILLAR FERNÁNDEZ, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, y siendo Magistrado Ponente el/a Ilmo/a. Sr./a. D./ª FERNANDO ALAÑON OLMEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número Tres de esta Capital, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 12-4-02, cuya parte Dispositiva es del particular literal siguiente: "Que, con desestimación de la oposición formulada por la Procuradora Dª. Mª DEL CARMEN SILVA MONTERO, en nombre y representación de D. Donato , DEBO MANDANAR y MANDO SEGUIR ADELANTE LA EJECUCION despachada en los presentes autos contra el indicado demandado haciendo trance y remate de los bienes embargados y con su producto entero y cumplido pago al ejecutante de la suma de 2.404,05 euros en concepto de principal reclamado, así como al pago de los intereses legales de dicha suma.

Se imponen al demandado todas las costas...".

SEGUNDO

Notificada la sentencia referida a las partes en forma legal, por la representación procesal de Donato , se interpuso en tiempo y forma Recurso de Apelación en ambos efectos y, seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se alza la representación procesal de la parte ejecutada contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia n° 3 de los de Ourense, de fecha 12 de abril de 2002, en el procedimiento del que dimana el presente rollo, aduciendo como motivos del recurso, en primer lugar la falta de presentación al pago del pagaré que se ejecuta, en segundo lugar el hecho de que el pagaré fue firmado en representación de la entidad Bigo Office, S.L. y no en el propio nombre del ejecutado; finalmente se cuestiona que, ante la falta de presentación al pago pueda producirse el devengo de intereses moratorios.

SEGUNDO

El articulo 96 de la Ley cambiaria y del cheque extiende al pagaré la regulación contenida en la letra de cambio a tal titulo, en lo que se refiere al pago y a las acciones por falta de pago. En este sentido el artículo 43 de aquel cuerpo legal establece que el tenedor de una letra de cambio...

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