SAP Almería 140/2007, 9 de Julio de 2007

PonenteANDRES VELEZ RAMAL
ECLIES:APAL:2007:672
Número de Recurso85/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución140/2007
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA nº 140/07

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN 1ª

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. BENITO GALVEZ ACOSTA

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. ANDRES VELEZ RAMAL

En la Ciudad de Almería, a 9 de Julio de 2.007.

La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 85/07, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 Almería, seguidos con el nº 501/06 sobre otorgamiento escritura pública en juicio ordinario.

Es demandante D. Ramón personado en el presente Rollo y representado por la Procuradora Sra. JIMÉNEZ TAPIA y dirigido por el Letrado Sr. Diaz Calvo.

Es demandado D. Luis Andrés Y D. Luis Pedro, Dª Constanza Y Dª Estela personados en el presente Rollo y representados poor la Procuradora Sra. MARTINEZ JIMÉNEZ y dirigidos por el Letrado Sr. Redondo Miralles.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 11 de diciembre de 2.006, el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Almería (antiguo Mixto nº 7), dictó sentencia en los referidos autos cuyo fallo dispone: "Con desestimación de la demanda que formula Don Ramón, frente a la parte demandada, Don Luis Andrés, Doña Constanza, Don Luis Pedro y Doña Estela, debo ABSOLVER a la parte demandada, con imposición de las costas procesales a la parte demandante.".

SEGUNDO

Contra la referida sentencia, la representación de la parte demandante presentó escrito preparatorio de recurso de apelación y, una vez emplazada para ello, lo interpuso pidiendo la revocación de la sentencia impugnada.. Del escrito de recurso se dio el preceptivo traslado a la parte apelada Don Luis Andrés, Doña Constanza, Don Luis Pedro y Doña Estela que se opuso al mismo y, seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a esta Sala donde se incoó el correspondiente Rollo y, en fecha 2 de Julio de 2.007, quedó concluso para resolver.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANDRES VELEZ RAMAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la resolución de fecha 11 diciembre 2.006 que desestima la demanda sobre validez de contrato de compraventa y otorgamiento de escritura publica, se alza el apelante manteniendo la motivación de su demanda; oponiéndose el apelado que solicita la confirmación de la sentencia recurrida después de pretender la inadmisión del recurso por haber sido presentado en lugar improcedente.

SEGUNDO

Antes de entrar en el contenido del recurso es procedente analizar la cuestión alegada por el apelado, esto es la inadmisión del recurso por infracción del artículo 457.1 LEC, al presentarse por el recurrente el escrito de preparación el último día del plazo, al día siguiente del vencimiento del mismo, pero presentando el escrito en lugar no idóneo, al presentarse en otro Juzgado y no en el que dictó la resolución recurrida, así como que la fecha de la resolución que recurre está equivocada, y ello porque de estimarse la petición no tendría sentido entrar en el fondo del recurso del apelante.

Examinado el escrito originador de la preparación, es lo cierto que el mismo lleva fecha de presentación de 22 diciembre 2006, según es de ver en el casillero del Decanato, pues el escrito en sí no contiene fecha alguna, y el hecho de que sea presentado el último día del plazo, no contiene más signo negativo que no se contenga más plazo para recurrir en el momento en que se hubiese presentado en un Órgano distinto del que firmó la resolución y por ser devuelto, con diligencia de presentación debía ser remitido a otro, ello no consta en autos ni lo solicita el alegante, por lo que su queja se refiere a que el...

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