Decreto 26/2000, de 9 de marzo, segunda modificación del Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes.

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Teverga
Rango de LeyDecreto

Mediante la presente modificación del art. 3 del Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se define los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes, según redacción dada al mismo por el Decreto 171/1999, se da entrada en la Junta del Parque al Director General de Comercio y Turismo. En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de marzo de 2000, D I S P O N G O "

Artículo único

Se añade al artículo 3.1.a) del Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes, según redacción dada al mismo por el Decreto 171/1999, el siguiente inciso: - El Director General de Comercio y Turismo."

Disposición final El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Dado en Oviedo, a 9 de marzo de 2000.-El Presidente del Principado, Vicente Alvarez Areces.-El Consejero de Medio Ambiente, Herminio Sastre Andrés.-4.141(2). .

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