DECRETO 118/2014, de 18 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Gobernación y Justicia.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Gobernación y Justicia |
Rango de Ley | Decreto |
ÍNDICE
De la Secretaría Autonómica de Justicia.
Única. Régimen transitorio de las unidades y puestos de trabajo Disposición derogatoria
Única. Normativa derogada
Primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario Segunda. Entrada en vigor
El pasado 12 de junio, mediante el Decreto 9/2014, del president de la Generalitat, se derogó el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat, reestructurando determinadas competencias atribuidas a la Consellería de Gobernación y Justicia.
En virtud de esa redistribución competencial, se aprobó el Decreto 88/2014, de 13 de junio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat, regulando en su título IX la Consellería de Gobernación y Justicia.
Por otra parte, tras el acuerdo alcanzado por el Estado y la Generalitat, en la sesión plenaria de 5 de noviembre de 2013, de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalitat, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 981/2013, de 13 de diciembre, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Generalitat en materia de expedición del título de Gestor Administrativo. Ello derivó necesariamente en la modificación del Decreto 194/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Gobernación y Justicia, mediante el Decreto 35/2014, de 7 de marzo, del Consell.
Asimismo, resulta conveniente recoger y aunar determinadas funciones en materia de modernización de la Administración y mejora de la calidad de los servicios públicos, sin perjuicio de las competencias que en esta materia puedan corresponder a la consellería competente en materia de tecnologías de la información.
Por todo ello resulta necesaria la aprobación de un reglamento orgánico y funcional de la mencionada Consellería de Gobernación y Justicia que, adaptado al nuevo organigrama, determine las funciones que se atribuyen a los órganos superiores y centros directivos que la componen, así como a las unidades administrativas de rango superior que se adscriben a cada uno de ellos, estimando conveniente, por razones de claridad y técnica normativa, sustituir íntegramente el reglamento aprobado por el Decreto 194/2012, de 21 de diciembre, modificado a su vez por el Decreto 35/2014, de 7 de marzo, del Consell.
Por todo lo cual, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 18 de julio de 2014,
DECRETO
La Consellería de Gobernación y Justicia es el departamento del Consell al que corresponde ejercer las competencias en materia de interior, protección civil, gestión de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, prevención, extinción de incendios y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia, desarrollo estatutario, consultas populares y electorales, relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo, justicia, colegios profesionales, fundaciones, asociaciones, registros y notariado, uniones de hecho y mediación.
Bajo la dependencia de la persona titular del departamento, la Consellería de Gobernación y Justicia está integrada por los siguientes órganos superiores y centros directivos:
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Secretaría Autonómica de Gobernación.
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Secretaría Autonómica de Justicia.
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Subsecretaría.
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Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana.
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Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias.
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Dirección General de Desarrollo Autonómico.
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Dirección General de Justicia.
En los casos de ausencia o enfermedad del titular de la consellería será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12.1.i de la Ley del Consell.
Hasta que se resuelva la sustitución, las funciones de aquel o aquella como titular del departamento, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell, serán ejercidas temporalmente por los titulares de las secretarías autonómicas, subsecretaría y direcciones generales, siguiendo el orden previsto en el artículo 2 del presente reglamento.
Dicho orden será de aplicación asimismo, a los efectos De su sustitución, para las secretarías autonómicas, subsecretaría y direcciones generales.
Lo que establecen los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga el conseller mediante resolución.
De la estructura y funciones de los órganos superiores y del nivel directivo
De la persona titular de la consellería
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La persona titular de la Consellería de Gobernación y Justicia es el órgano jerárquico superior del departamento, y ejerce todas las atri-
buciones conferidas por la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado a la Consellería de Gobernación y Justicia.
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La persona titular de la consellería, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Consellería de Gobernación y Justicia ante toda clase de instituciones públicas y privadas.
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El gabinete de la persona titular de la consellería es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al titular del departamento, de quien depende directamente.
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El gabinete de la persona titular de la consellería tiene a su cargo el mantenimiento de las relaciones del titular del departamento con los altos órganos e instituciones de la Generalitat, del Estado y de las demás administraciones públicas. También tiene a su cargo las relaciones informativas y con los medios de comunicación, así como el desarrollo de cuantas funciones se le encomiende, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Secretaria Autonómica de Comunicación.
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Dependiendo funcionalmente de la persona titular de la consellería y orgánicamente de la subsecretaría, a la Subdirección General del Gabinete Técnico le corresponden las funciones concernientes a asesoramiento técnico, informes, estudios, documentación y seguimiento parlamentario.
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La Subdirección General del Gabinete Técnico se estructura en los siguientes servicios:
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Servicio de Informes y Actividad Parlamentaria, al que le corresponde asesorar, con arreglo a criterios de competencia técnica y desde una perspectiva pluridisciplinar, a la persona titular del departamento, elaborar y analizar la información y documentación sobre las materias propias de la consellería, preparando los informes y estudios técnicos y memorias necesarios, proponer y tramitar las actuaciones de la consellería relacionadas con la actividad parlamentaria.
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Servicio de Documentación, Publicaciones y Estadística Departamental, al que le corresponde gestionar las bases de datos documentales de interés para la consellería, colaborar en el tratamiento, organización y recuperación de la documentación relevante para el desarrollo de las funciones de asesoramiento correspondientes a la subdirección general, proponer y elaborar publicaciones y estadísticas en materia de la consellería.
De la Secretaría Autonómica de Gobernación
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La Secretaría Autonómica de Gobernación, bajo la dependencia de la persona titular de la consellería, y de conformidad con lo...
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