Orden DEF/226/2012, de 3 de febrero, por la que se crean y suprimen ficheros de datos de carácter personal de diversos órganos de la Dirección General de Personal.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Febrero de 2012
MarginalBOE-A-2012-2038
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar, y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1 de la referida ley determina que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. Del mismo modo, la disposición adicional primera de esta ley ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros de titularidad pública aprobar la disposición de regulación del fichero o adaptar la existente.

En el Ministerio de Defensa, la Dirección General de Personal gestiona determinados ficheros que se crearon al amparo del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, y del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto1720/2007, de 21 de diciembre, que deroga los citados reales decretos, obliga al Ministerio de Defensa a adecuar estos ficheros a lo dispuesto en este reglamento.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 37.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, esta Orden ministerial ha sido informada previamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal de la Dirección General de Personal, que se describen en el anexo I de esta Orden ministerial.

Artículo 2 Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que figuran en el anexo II de esta orden ministerial.

Disposición adicional única Integración de datos.

El responsable de los ficheros del anexo II integrará los datos contenidos en estos ficheros en los nuevos ficheros creados, conservándose, debidamente bloqueadas, las copias de seguridad que puedan existir.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta Orden ministerial.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de febrero de 2012.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANEXO I RELACIÓN DE FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE DIVERSOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL

Centro Estudios de la Mujer en las Fuerzas Armadas

  1. Fichero de Observatorio Militar para la igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas.

    División del Servicio Apoyo Personal

  2. Fichero de Gestión del Centro de Educación Infantil de la Sede Central del Ministerio de Defensa.

    Órgano de Dirección

  3. Fichero de Gestión del Órgano de Dirección de la Dirección General de Personal.

  4. Fichero de Medicina del Trabajo de la Dirección General de Personal.

    Subdirección General de Costes de Recursos Humanos

  5. Fichero de Gestión de Mutilados de la Dirección General de Personal.

  6. Fichero de Pensiones Militares de la Dirección General de Personal.

  7. Fichero de Registro de Información del Personal del Ministerio Defensa (SIPERDEF).

    Subdirección General de Gestión de Personal Militar

  8. Fichero de Gestión de Tarjetas de Farmacia Militar y de Asistencia Sanitaria de la Dirección General de Personal.

  9. Fichero de Expedientes de situaciones administrativas de la Dirección General de Personal.

  10. Fichero de Gestión de Personal Militar de Cuerpos Comunes de la Dirección General de Personal.

    Subdirección General de Personal Civil

  11. Fichero de Personal Civil de la Dirección General de Personal.

    Subdirección General de Planificación y Coordinación de Personal Militar

  12. Fichero de Vigilancia de la Salud y Seguros del Personal Militar de las Fuerzas Armadas.

    Unidad Administrativa de las Reales y Militares Órdenes de San Fernando y San Hermenegildo

  13. Fichero de la Real y Militar Orden de San Fernando.

  14. Fichero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo.

    Centro Estudios de la Mujer en las Fuerzas Armadas

  15. Fichero de Observatorio Militar para la igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo:

      1. Finalidad del fichero:

        Gestión y resolución de consultas formuladas al Observatorio (incluidas las referentes a derivadas de actos de violencia de género y de salud derivadas o no de los mismos).

      2. Usos previstos:

        Realización de encuestas para determinar temas críticos a debatir en comisiones y plenos, organización y coordinación del premio «Soldado Idoia Rodriguez». Elaboración de estadísticas.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

      Personal militar destinado en unidades del departamento. Personas invitadas a actividades organizadas por el Observatorio.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

      El propio interesado o su representante legal o como consecuencia de la documentación generada por la actividad administrativa.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      1. Estructura básica del fichero:

        Fichero de estructura de base de datos y archivo papel.

      2. Descripción de los tipos de datos:

        Identificativos: nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono, imagen/voz.

        Características personales: Datos de familia, lugar de nacimiento, nacionalidad, edad, sexo.

        Circunstancias sociales: Situación militar, licencias, permisos, autorizaciones.

        Detalles de empleo: profesión, puesto de trabajo.

        Datos especialmente protegidos: Aquellos que hagan referencia a la salud, aquellos que contengan datos derivados de actos de violencia de género.

        Otros tipos de datos: Correo electrónico.

      3. Sistema de tratamiento:

        Mixto.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

      No se prevén cesiones.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero:

      Ministerio de Defensa, Dirección General de Personal.

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

      Ministerio de Defensa, Dirección General de Personal. Paseo de la Castellana, 109, 8.ª planta, 28071 Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible:

      Nivel alto.

      Division del Servicio Apoyo Personal

  16. Fichero de Gestión del Centro de Educación Infantil de la Sede Central del Ministerio de Defensa

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo:

      1. Finalidad del fichero:

        Gestión administrativa del Centro de Educación Infantil de la Sede Central del Ministerio de Defensa.

      2. Usos previstos:

        Gestión administrativa de los datos relativos a los alumnos del Centro de Primer Ciclo de Educación Infantil de la Sede Central del Ministerio de Defensa.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

      Estudiantes del Centro. Padres o tutores.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

      El propio interesado o su representante legal.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      1. Estructura básica del fichero:

        Fichero de estructura de base de datos y archivo papel.

      2. Descripción de los tipos de datos:

        Identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono, imagen/voz.

        Características personales: datos de estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, edad.

        Circunstancias sociales: situación militar.

        Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones.

        Detalles de empleo: profesión, datos no económicos de nómina, puesto de trabajo.

        Económicos, financieros y de seguros: ingresos, rentas, datos bancarios.

        Datos especialmente protegidos: aquellos que hagan referencia a la salud.

      3. Sistema de tratamiento:

        Mixto.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros:

      Empresa adjudicataria del contrato de gestión del centro de educación infantil.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero:

      Ministerio de Defensa. Dirección General de Personal.

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

      Ministerio de Defensa. Dirección General de Personal. Paseo de la Castellana, 109, 8.ª planta, 28071 Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible:

      Nivel alto.

      Órgano de Dirección

  17. Fichero de Gestión del Órgano de Dirección de la Dirección General de Personal

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo:

      1. Finalidad del fichero:

        Custodia y actualización de expedientes, gestión de vacantes y destinos, contestación a requerimientos de organismos públicos del personal militar y civil destinado en la Dirección General de Personal.

      2. Usos previstos:

        Elaboración y tramitación de...

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