ORDEN SAN/370/2015, de 29 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a, del Servicio de Salud de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

Aprobadas las Ofertas de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para los años 2009, 2010 y 2011 mediante el Decreto 22/2009, de 26 de marzo («B.O.C. y L.» n.º 62, de 1 de abril de 2009), Decreto 17/2010, de 15 de abril («B.O.C. y L.» n.º 75 de 21 de abril de 2010) y el Decreto 21/2011, de 26 de mayo, por el que se modifica el Decreto 14/2011, de 24 de marzo («B.O.C. y L.» n.º 102, de 27 de mayo de 2011) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud («B.O.E.» n.º 301, de 17 de diciembre de 2003), en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León («B.O.C. y L.» 14 de marzo de 2007), y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud («B.O.C. y L.» n.º 42 de 2 de marzo), con el fin de atender las necesidades de personal de este Servicio de Salud, el Consejero de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas

ACUERDA:

Convocar proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, a través del sistema de concurso-oposición, a plazas de la categoría de ENFERMERO/A del Servicio de Salud de Castilla y León, con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera.- Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para la cobertura de 554 plazas de la categoría de ENFERMERO/A del Servicio de Salud de Castilla y León, correspondientes a la acumulación de las Ofertas de Empleo Público de los años 2009, 2010 y 2011, de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 389 plazas para el turno de acceso libre.

  2. 65 plazas para el turno de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

  3. 100 plazas para el turno de promoción interna.

    1.2. Las plazas no cubiertas en los turnos de personas con discapacidad y de promoción interna, se incre mentarán a las ofertadas en el turno libre.

    1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en los Decretos 22/2009, de 26 de marzo («B.O.C. y L.» n.º 62, de 1 de abril de 2009), 17/2010, de 15 de abril («B.O.C. y L.» n.º 75 de 21 de abril de 2010) y 21/2011, de 26 de mayo, por el que se modifica el Decreto 14/2011, de 24 de marzo («B.O.C. y L.» n.º 102, de 27 de mayo de 2011), en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud («B.O.C. y L.» n.º 42 de 2 de marzo); así como en las bases de la presente Orden y supletoriamente en lo establecido en las bases generales vigentes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. En lo no previsto por estas nor mas, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

    1.5. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el Anexo II de la presente orden.

    1.6. El procedimiento de selección de los aspirantes, para los tres turnos, será el de concurso-oposición y estará formado por:

  4. Fase de oposición.

  5. Fase de concurso.

    1.6.a) Fase de oposición.

    La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio para todos los turnos o sistemas de acceso, que tendrá carácter eliminatorio y versará sobre las materias del temario que figura como Anexo II de esta convocatoria.

    Dicho ejercicio consistirá, para los tres turnos, en con testar un cuestionario, que

    estará formado por 90 preguntas relacionadas con el programa, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta, más el 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones.

    Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de las respuestas correctas. No tendrán la consideración de erróneas, las preguntas no contestadas.

    El Tribunal Calificador determinará el número mínimo de respuestas correctas necesario, una vez descontadas las negativas, para superar el ejercicio. Esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes y el ejercicio se calificará de cero a diez puntos.

    En todo caso, el número mínimo de respuestas correctas necesario para superar el ejercicio, que determine el Tribunal Calificador, no podrá ser inferior al 50%, ni superior al 70% de las preguntas formuladas, una vez descontadas las negativas.

    El tiempo total para la realización de este ejercicio será de 130 minutos, incluido el correspondiente a las preguntas de reserva.

    En todo caso, el número mínimo de respuestas correctas necesario para superar dicho ejercicio será el mismo para todos los turnos que concurran.

    No obstante lo anterior, los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna estarán exentos de los temas 1 al 11, inclusive, del Anexo II de esta convocatoria, de tal forma que en el ejercicio dirigido a dichos aspirantes no se incluirán preguntas sobre estos temas.

    Las pruebas selectivas para los aspirantes del turno libre y del turno de personas con discapacidad tendrán idéntico contenido.

    El Tribunal Calificador publicará, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la realización del ejercicio, las respuestas correctas en los tablones de anuncios de las Gerencias de Salud de Área, en la sede del Tribunal y en la página Web del Portal de Sanidad (www.saludcastillayleon.es). Asimismo esta información se remitirá al servicio telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano.

    Los aspirantes dispondrán de un plazo de siete días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de las respuestas correctas, para plantear alegaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal. Dichas alegaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal.

    El Tribunal mediante Resolución, publicará al menos en las Gerencias de Salud de Área, en la sede del propio Tribunal y en el Portal de Sanidad, las relaciones de aspirantes que hubieran superado el ejercicio, de forma separada para cada turno. Asimismo esta información se remitirá al Servicio telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano. En esta Resolución el Tribunal indicará, en su caso, las preguntas anuladas que serán sustituidas por otras tantas de reserva.

    Podrán superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

    1.6.b) Fase de concurso.

    En la fase de concurso se valorarán únicamente los méritos aportados y debidamente acreditados, con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo III de la presente orden.

    Para acceder a la fase de concur so, los aspirantes deberán superar pre viamente la fase de oposición, por lo que únicamente se valorarán los méritos de aquéllos que la hubieran superado, referi dos al último día del plazo de presentación de solicitudes de admisión al proceso selectivo y acreditados mediante la aportación de la documentación original de los mismos o foto copia compulsada.

    Dicha documenta ción se presentará en el plazo de 20 días naturales siguientes al de

    la publica ción de la relación de aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

    En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser apli cada

    para superar el ejercicio de la fase de oposición.

    El Tribunal, que solamente valorará la documentación debi damente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrá requerir cual quier aclaración sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrá valorarse el mérito correspon diente. Asimismo los aspirantes que aporten méritos cuyos certificados estén redactados en idioma extranjero distinto al castellano deberán presentar copia traducida por traductor jurado de los documentos aportados, en caso contrario, no se procederá a su valoración. En todo caso, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, respecto a las lenguas cooficiales.

    1.7. La realización del proceso selectivo tendrá una duración máxima de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa, sin perjuicio del sentido de la resolución que se dicte posteriormente.

    Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitidos al presente proceso selec tivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

  6. Poseer la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:

    1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

    2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, o la pareja de hecho. Asimismo con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge o los de la pareja de hecho menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por...

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