ORDEN PRE/107/2017, de 1 de junio, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

El Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece en los títulos VII, XI, XVI, XIX y XXIV las tasas que gestiona el Departamento de la Presidencia y su sector público.

La disposición adicional tercera del mencionado texto refundido, dispone que, dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice los importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas tienen que publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en la que identifiquen los servicios y las actividades que devengan cada una de estas y la cuota correspondiente.

La Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono, modifica el artículo 16 del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña y deroga el capítulo V del Título XXIV.

El artículo 42 de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017, modifica el tipo de las tasas de cuantía fija vigentes.

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 12 l) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y con el artículo 40.1 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno

Ordeno:

Artículo 1

Dar publicidad a las tasas vigentes para el ejercicio 2017 que gestiona el Departamento de la Presidencia y los organismos y entidades que dependen de este, y que se especifican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

En relación a la solicitud de beneficios fiscales y, de acuerdo con lo que prevé el apartado 3 del artículo 1.2-7 del capítulo II del título I del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, cuando la presentación de la solicitud correspondiente se pueda hacer de manera presencial o por medios electrónicos, se aplica una bonificación del 10% de la cuota de la tasa que corresponda en cada caso para la prestación del servicio o la realización de actividades, si se hace la solicitud por medios electrónicos. No se aplica esta bonificación en caso de que la regulación de la tasa correspondiente establezca una bonificación específica por este mismo concepto.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden PRE/29/2015, de 9 de abril, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia, así como el annexo 4 de la Orden EMO/90/2014, de 21 de marzo, por la que se da publicidad a la relación de...

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