Orden PCM/812/2023, de 18 de julio, por la que se crea la Escuela de Criminalística de la Guardia Civil.

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Agosto de 2023
MarginalBOE-A-2023-16731
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Rango de LeyOrden

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, tiene, entre sus objetivos, el establecer un sistema integral en el que se proporcione la necesaria formación del personal a lo largo de toda la vida profesional. Del mismo modo, debe facilitarse una gestión eficiente de los recursos humanos, con el objetivo último de disponer de hombres y mujeres capacitados para dar respuesta a las funciones asignadas a la Guardia Civil y a las necesidades de seguridad de la ciudadanía.

La propia Ley 29/2014, de 28 de noviembre, establece la enseñanza como un elemento fundamental en el régimen de personal del Cuerpo. Ejemplo de ello ha sido el poder establecer una ordenación de todo el sistema de enseñanza mediante la aprobación del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, en adelante el Reglamento, piedra angular del Sistema de Enseñanza de la Guardia Civil.

En este sentido, el capítulo IV de dicho Reglamento, regula, entre otras, la enseñanza de perfeccionamiento, constituyendo una parte importante de esta la formación continua, la cual se identifica con la permanente actualización de conocimientos, y las posibilidades de especialización con las que poder reorientar la carrera y mejorar su desempeño profesional, adquiriéndose de esta forma las competencias con las que progresar en la carrera profesional. Supone, por tanto, la enseñanza de perfeccionamiento un objetivo permanente del régimen de personal de la Guardia Civil, por lo que resulta necesario el potenciar estas enseñanzas.

Como desarrollo del Reglamento, se publicó la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil, en la que, entre otras cuestiones, se definen las escuelas o centros de la Guardia Civil, que imparten las enseñanzas de especialización.

Por otro lado, en el artículo 3 de la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades en la Guardia Civil, se define especialidad como el conjunto de capacidades que habilitan al personal de la Guardia Civil para el desempeño de funciones específicas en áreas concretas de actividad en unidades o puestos orgánicos de la estructura de la Guardia Civil, para cuyo ejercicio se requiera de una o varias cualificaciones específicas.

Asimismo, el artículo 6 de la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, procede a la creación de la especialidad de Criminalística y sus respectivas modalidades, estando el Servicio de Criminalística constituido por especialistas que prestan sus cometidos en el propio Servicio y en los distintos Laboratorios que la Guardia Civil tiene desplegados por toda España.

En la actualidad, la formación de los guardias civiles en la especialidad de Criminalística es peculiar, ya que existen 24 tipos de actividades formativas con un mínimo de dos niveles cada una (técnico de laboratorio y especialista-perito). Además, en la Guardia Civil no existen centros específicos de formación...

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