Orden MED/10/2020, de 19 de junio, por la que se establecen las normas que regulan la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris) en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Orden MED/10/2020, de 19 de junio, por la que se establecen lasnormas que regulan la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris)en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De conformidad con las competencias asumidas por el Estatuto de Autonomía para Cantabria, el artículo 24.12 determina que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva enmateria de pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, que asumió con el Real Decreto3114/1982, de 24 de julio, por el que la Administración del Estado transfiere competencias enmateria de pesca en aguas interiores y actividades recreativas a la Comunidad Autónoma deCantabria.

En base a estas competencias se publicó el vigente Decreto 45/2002, de 4 de abril, por elque se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo, que fue parcialmentemodificado por el Decreto 43/2010, de 8 de julio y el Decreto 99/2019, de 18 de julio, recogiendo en la última modificación al pulpo (Octopus vulgaris) como especie permitida en elejercicio de la actividad de la pesca recreativa.

Al objeto de regular la actividad de la pesca recreativa del pulpo (Octopus vulgaris) en Cantabria, bajo los criterios de sostenibilidad de los recursos pesqueros, y una vez analizados losestudios científico-técnicos que se han llevado a cabo para la evaluación de éste recurso de laregión, se hace necesario el establecimiento de las normas que rijan el desarrollo de la pescarecreativa dirigida al pulpo.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me confiere en el artículo 35.f) de la Ley deCantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administracióny del Sector público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene como objeto la regulación de la pesca del pulpo (Octopus vulgaris)en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de pescarecreativa.

Artículo 2 Período hábil.

El período hábil para la pesca recreativa del pulpo comprende del 1 de julio...

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