Orden AAA/1065/2012, de 10 de mayo, por la que se publica, para el ejercicio 2012, la convocatoria de ayudas destinadas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

MarginalBOE-A-2012-6769
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

El Real Decreto 1225/2005, de 13 de octubre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado», número 257, de 27 de octubre, modificado por el Real Decreto 1290/2007, de 28 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 249, de 17 de octubre, establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, crea el marco jurídico regulador de las ayudas para el fomento, impulso y desarrollo de dichas organizaciones, reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente al amparo de lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

En un contexto de restricciones presupuestarias se ha considerado oportuno realizar una convocatoria limitada a los gastos de asistencia de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y la realización de campañas de información y promoción del producto o sector, así como la creación de su imagen externa, todo ello de conformidad con las prioridades del Departamento en orden a la promoción y consolidación de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y la potenciación de los canales de información dirigidos al sector agroalimentario.

Mediante la presente orden, se convocan, para el ejercicio 2012, las ayudas destinadas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

Es objeto de la presente orden convocar para el año 2012, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones previstas en el artículo 3.a), gastos de asistencia técnica, y b)1.ª, realización de campañas de información y promoción del producto o sector objeto de las organizaciones, así como la creación de su imagen externa, del Real Decreto 1225/2005, de 13 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 257, de 27 de octubre, modificado por el Real Decreto 1290/2007, de 28 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 249, de 17 de octubre.

Segundo. Beneficiarios y finalidades.

  1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas, para las finalidades detalladas en el artículo 3.a) y b)1.ª de las bases reguladoras, las organizaciones interprofesionales agroalimentarias legalmente constituidas y reconocidas al amparo de lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

  2. Serán subvencionables los gastos anuales de asistencia técnica de las organizaciones...

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